viernes, 17 de agosto de 2018

De serpientes de verano, tributos y atributos

Como todos los años, la AEAT publica su "Informe anual de Recaudación Tributaria". Y como todos los años, a raíz de dicha publicación, muchos presuntos especialistas en la materia analizan los datos y escriben sesudos artículos. En los últimos días he leído varios de ellos, he escrito a sus autores sobre los errores que han cometido -en los comentarios del artículo si se podía o incluso en el Twitter de su autor si no era posible allí-, y salvo uno, que me agradeció el comentario, todos han pasado absolutamente de contestar -aunque sólo fuera para rebatirme-, y no digamos de rectificar.

La verdad es que me estaba resistiendo a escribir una entrada sobre el asunto porque siempre me da la impresión de que me repito y de que repetirme no sirve para nada, visto lo visto. Pero la voy a escribir, no sin antes pedirles disculpas por la pesadez. Y para ello, voy a usar como referencia el último artículo leído al respecto. En él se cometen algunos errores de bulto que explicaré a continuación, usando exactamente la misma fuente que los autores, es decir, los informes anuales de recaudación tributaria de la AEAT. Como dato adicional de contexto, añadiré que sus autores son Manuel Escudero, secretario de Política Económica y Empleo del PSOE y Jesús Rodríguez, profesor de Derecho Tributario en la Universidad Complutense. Vamos que, en teoría, no son unos ignorantes de la cosa. No obstante, a los hechos me remito...

"Una parte de los recursos adicionales deberían proceder de los impuestos que pagan las grandes compañías. Esta conclusión no se desprende de un sesgo ideológico, sino de las cifras de la recaudación del Impuesto de Sociedades. Este tributo, en 2007, aportaba a las arcas del Estado una cantidad próxima a los 45.000 millones de euros, mientras que en 2017 alcanza a poco más de 23.000 millones de euros, un 48,89% menos. Además, el citado Informe muestra un dato incontrovertible: los resultados empresariales ya se han situado en los mismos niveles de 2006, pero no se ha recuperado, en la misma medida, ni la base imponible ni el impuesto recaudado."

En primer lugar, este tributo aportaba en 2007 exactamente 35.254 millones de euros y no 45.000 millones. Y en 2017, 22.136 millones y no 23.000 millones. ¿Y dónde está el truco? En que, en el mejor de los supuestos, tienen un grave error de concepto, tanto más grave por cuanto se les supone un amplio conocimiento en la materia. Y en el peor, utilizan a sabiendas las cifras que mejor encajan a sus tesis. Confunden el devengo del impuesto del ejercicio 2007 -35.254 millones de euros-, con el ingreso de ese impuesto en ese mismo ejercicio fiscal, que ascendió a 44.823 millones de euros. Con un ejemplo lo entenderán mejor. Una empresa tiene que pagar 10.000 euros por los beneficios del ejercicio 2017. Sin embargo, como tenía pendiente la resolución de una inspección tributaria de ejercicios anteriores por la que ha tenido que pagar 5.000 euros adicionales, en total pagó 15.000 euros en 2018, 10.000 correspondientes al beneficio de 2017 y 5.000 como resultado de la inspección de ejercicios ejercicios anteriores. El impuesto devengado en 2017 fue de 10.000 euros, pero los ingresos de Hacienda fueron de 15.000 euros.

Como consecuencia, la recaudación de 2017 en relación a 2007 se redujo un 37,2% y no un 48,89%.

En segundo lugar, vayamos con ese "dato incontrovertible". A lo que los autores llaman "resultados empresariales" es a lo que el informe llama "resultado contable positivo", y que, como ya explicamos largamente en su momento, incluye, entre otras partidas, los beneficios de las empresas fuera de España por los que no debe tributar en España. Y la base imponible es, grosso modo, los beneficios por los que debe tributar en España. Hecha esa aclaración, la explicación de que se hayan recuperado los resultados empresariales y no la base imponible respecto de 2007 -entiendo que la referencia a 2006 es una errata, no sólo porque la referencia anterior es a 2007, sino porque los resultados empresariales en 2017 se sitúan en los mismos niveles de 2007 y no de 2006-, es muy simple: lo que se han recuperado han sido los beneficios de las empresas fuera de España. Así, la base imponible -los beneficios gravados en España-, de las empresas fue en 2017 un 32,45% inferior a la de 2007 -106.471 millones frente a 157.627 millones-, y el impuesto devengado un 37,2% -22.136 millones frente a 35.254 millones-, por lo que cabe concluir que la afirmación del artículo es falsa.

"Aclarada la necesidad de elevar la recaudación por el Impuesto de Sociedades, debemos plantear por qué razón debemos centrarnos en las grandes corporaciones. Hay varios motivos, todos ellos de peso. El primero es que la mayor parte de la recaudación de este tributo procede de las grandes empresas, ya que el resto presenta un nivel muy moderado de beneficios. De hecho, las grandes empresas y, en particular, las integradas en grupos consolidados, han experimentado en 2017 un incremento de sus beneficios de un 18,2%. Además, los datos publicados por la Agencia Tributaria nos muestran que el tipo efectivo que pagan las sociedades integradas en grupos fiscales es inferior al del resto de empresas. En 2016, como ya dijimos al principio, el dato es del 6,14% sobre el resultado contable, frente al 15,40 de resto de empresas."

Comparar el 6,14% sobre el resultado contable de las empresas multinacionales con el 15,40% de las empresas que no obtienen beneficios en el extranjero es una absoluta aberración económica, como ya expliqué en su momento y no voy a reiterar. Si se elige todo el resultado contable hay que contemplar también todos los impuestos de sociedades pagados, en España y fuera de España, y si sólo se coge el impuesto de sociedades pagado en España, la referencia debe ser la base imponible del impuesto en España. Lo demás, o es ignorancia o son trampas.

"Es un argumento burdo [eso de que la tributación efectiva de las grandes empresas es mayor del 6,14% porque esas empresas ya han pagado impuestos en el extranjero sobre las ganancias generadas fuera de España]. Supongamos que usted es un autónomo y ha establecido su empresa familiar como una SL, en la que tributa al 25%, y en la que, después de cobrado su salario, al final de año, se atribuye una parte de lo ganado como reparto de beneficios: a nadie se le ocurriría decir que ese dividendo ha de estar exento de IRPF para no incurrir en una doble tributación. Una cosa son los beneficios de la sociedad, gravados por el Impuesto de Sociedades, y otra la renta que alguien se deriva de esa actividad, gravada como cualquier renta por IRPF. Pues del mismo modo, los grupos, con sede española, deben tributar en España por su renta mundial, principio aplicable en todos los ordenamientos tributarios comparables: operan en otros países mediante sociedades creadas en el extranjero, pagan allí sus impuestos por sus resultados, pero distribuyen el beneficio remanente a su matriz. Y para esta última, ubicada en España, tales dividendos no son otra cosa que ingresos, recibe un dividendo que constituye una renta."

Pues se ve que conocen el argumento, pero consideran que es burdo. Y para ilustrar que lo es, usan un ejemplo ¡que no tiene absolutamente nada que ver con el argumento! ¿Qué tiene que ver que los beneficios empresariales, en el sistema fiscal español, se vean gravados dos veces -una en el impuesto de sociedades y otra en el IRPF al repartirse el dividendo, como ya expliqué aquí-, con que una empresa deba pagar dos veces el impuesto de sociedades por los mismos beneficios obtenidos en el extranjero, que es lo que plantean los autores?

Dicho de otra forma. Ahora, una empresa que obtenga la mitad de sus beneficios en Francia y la otra mitad en España, paga el impuesto de sociedades (IS) francés por los beneficios obtenidos allí y el IS español por los obtenidos aquí. Y después de pagarlos, si distribuye el beneficio restante entre sus accionistas en forma de dividendos, estos accionistas tendrán que tributar en el IRPF por esos dividendos. Lo que plantean estos señores es que, en ese mismo supuesto, los beneficios obtenidos en Francia, además de tributar en Francia, tributen por IS también en España -y por supuesto, que los dividendos tributen como hasta ahora-, lo que supondría que los beneficios obtenidos en Francia estarían sometidos a una triple tributación: el IS francés, el IS español y el IRPF español. Y quieren justificar esa triple tributación en el hecho de que, según ellos, "a nadie se le ocurriría decir que ese dividendo ha de estar exento de IRPF para no incurrir en una doble tributación". O sea, que si el IS francés es del 33%, el español del 25% y el IRPF de los dividendos el 20%, cada 100 euros de beneficio obtenidos en Francia por una empresa española, se quedan en 25,6 euros, es decir, un tipo efectivo del 74,4%. Sin duda, un enorme incentivo para que las empresas españolas se internacionalicen.

"Pero tenemos un sistema de exención más generoso que el de los países europeos comparables, como son Francia y Alemania. Estos países eximen los dividendos de fuente extranjera en un 95%, gravando el 5% restante."

Vaya por delante que desconozco el sistema fiscal francés o alemán, pero me llama la atención que se afirme que nuestro sistema de exención en la tributación de los dividendos es más generoso que los de esos países, en los que, según afirman, se grava un 5% de esos dividendos: en España se gravan en el IRPF el 100% de los dividendos a un tipo que va desde el 19% al 23%, con independencia de su origen.  Claro, que visto el rigor de los autores, no es descartable que pretendan referirse realmente a los beneficios obtenidos en el extranjero por las empresas y no a los dividendos que, como cualquiera que pretenda escribir sobre estas cuestiones seriamente debiera saber, son cosas distintas.

En fin, no sigo porque ya ha sido suficiente para mostrar el escaso rigor con el que en este país se pontifica en los medios sobre cuestiones tributarias, económicas, jurídicas..., incluso por expertos en la materia. Sin duda, la cuestión sobre si hay o no que modificar el IS puede y debe ser objeto de debate. Lo que pretendía con esta entrada no era cuestionar esa necesidad -que comparto-, sino ilustrar las manipulaciones, conscientes o no, a las que estos temas están permanentemente sometidas en los medios, tanto más sorprendentes cuanto más conocimiento se le supone a sus autores sobre el asunto.

Y sin perjuicio de todo lo dicho, aprovechando que el Pisuerga pasa por donde pasa, cabe añadir que el esfuerzo fiscal al que se ha sometido en los últimos años -y se pretende seguir sometiendo en el futuro-, a los trabajadores con rentas medias-altas de este país, es absolutamente insoportable.



viernes, 20 de julio de 2018

Y lo han vuelto a hacer...

Ya lo hemos comentado por aquí en otras ocasiones. Y no van a parar hasta que ocurra una desgracia. Alguna vez, las empresas de éxito se cansarán y nos dejarán más tirados que una colilla.

A los burócratas de la UE no les gusta la competencia. O mejor dicho, sólo admiten su concepto de competencia. Si una compañía tiene éxito y sus clientes deciden que tenga una cuota de mercado del 80%, a eso lo llama la UE abuso de posición dominante. 

Adviértase que Google no impide que los fabricantes de móviles instalen otros sistemas operativos -no se olvide que Android es de código abierto y que existen otros sistemas operativos-, ni que los consumidores finales elijan móviles con otros sistemas.

¿Es culpable Google porque ofrezca a esos fabricantes un producto gratuito condicionándolo a una serie de requisitos y que los fabricantes lo elijan libremente, pudiendo ellos mismos desarrollar otros sistemas? Pues según la UE, sí. Y así nos va.

jueves, 28 de junio de 2018

Crónica de urgencia

Ábalos, a la sazón secretario de Organización del PSOE y ministro, dice que el presidente de la Diputación de Valencia, de su propio partido, no puede seguir en su cargo "dada la aparotosidad de su detención". Al carajo la presunción de inocencia. Lo determinante no es si finalmente será o no imputado, si se mantendrá esa imputación durante la instrucción o si es condenado. No. Es la aparatosidad de la detención. Política de postureo.

La ministra de Justicia, jurista bien formada, dice que para los cambios legislativos penales hay que contar con expertos, y que entre esos expertos están las víctimas, porque son expertas en sufrimiento. Las víctimas decidiendo las penas a las que se debe someter a sus delicuentes. Ley del Talión y Derecho penal de otros siglos.

Y a Sánchez el intermitente le dicen, en sede parlamentaria y retransmitido en directo, que en este país que él gobierna hay políticos secuestrados. Y en la réplica, el presidente le tiende la mano al diálogo. Sin inmutarse. Sin negar con contundencia que en España haya políticos secuestrados. Sin pestañear.  

Y en fin, así es casi todo en este nuevo gobierno. Sin chicha, sin fundamento, improvisado. Y muy de foto, gafas de sol y brazos con venas.


sábado, 2 de junio de 2018

El sueño de un iluminado con pocas luces...

Como decíamos ayer -que diría Fray Luis de León-, nada aporta la sentencia del caso Gürtel a la convicción de quienes esta semana han planteado una moción de censura para echar a Rajoy del gobierno. Y nada aporta porque, entre otras cuestiones, la sentencia no afirma que el PP, como tal partido político, haya cometido delito alguno y, por tanto, las convicciones de los censuradores siguen yendo más allá de la verdad judicial, aunque digan basarse en ella.

Es evidente que la bandera del agitprop es más eficiente con una sentencia judicial por mástil. Sobre todo porque el mensaje ya no parece tan propio e interesado, sino más ajeno y neutral, procedente de un poder independiente del Estado -el judicial-, que sólo parece serlo cuando interesa.

El problema es que la sentencia no dice lo que dicen que dice. Argumentan -haciendo suyas las palabras de la página 1.522 de la sentencia-, que si el PP no ha sido condenado penalmente es porque "los hechos son anteriores a la reforma del Código Penal operada por Ley Orgánica 5/2010 de 22 de junio, que introdujo la responsabilidad penal de las personas jurídicas, por lo que no se está dilucidando en este procedimiento una posible responsabilidad penal del Partido Popular como persona jurídica, lo que no es jurídicamente factible por la fecha de los hechos". Con ello, pretenden dar a entender que, de haber sido aplicable el actual Código Penal, el PP hubiera sido condenado penalmente.

Parémonos un momento aquí y abramos un paréntesis para aportar algunas certezas.

En primer lugar, aunque los hechos hubieran sido posteriores a junio de 2010, tampoco el PP podría haber sido enjuiciado penalmente por este -ni por ningún otro-, delito. ¿Por qué? Porque la reforma de la LO 5/2010, llevada a cabo por el PSOE, excluía expresamente de responsabilidad penal en su art. 31.bis.5 a los partidos políticos y sindicatos, y no fue hasta la reforma del Código Penal llevada a cabo por la LO 7/2012, a iniciativa del gobierno del PP, cuando se modificó dicho artículo para no excluir a partidos políticos y sindicatos de la responsabilidad penal, reforma que, por cierto, fue votada en contra por el PSOE. Los señores magistrados debieran actualizar sus conocimientos penales. Y el señor Ábalos Meco debiera acordarse de que, primero, votó a favor de excluir a los partidos políticos de la responsabilidad penal en nuestro Código Penal, y después, votó en contra de incluirlos.

En segundo lugar, aunque la ley hubiese permitido enjuiciar al PP por esos delitos, el hecho de que se le haya condenado como partícipe a título lucrativo excluiría de raíz su posible condena penal. ¿Por qué? Porque esa condena civil tiene como premisa legal inexcusable el desconocimiento por parte del condenado del hecho delictivo del que procede el lucro. Dicho en palabras de los propios magistrados -página 1.514 de la sentencia-, las notas características de esta infracción civil "son las siguientes: participación/aprovechamiento a título lucrativo, ignorancia de la comisión delictiva y valorización antijurídica y económica (SSTC 532/2000 de 30-03 y 1024/2004 de 24/09); requisitos que se dan en este caso".

De esta forma, de la sentencia -si nos creemos su verdad judicial, nos la tenemos que creer entera-, se colige que ni el PP ni ninguno de los miembros del gobierno del PP, han cometido delito alguno. De momento. Cerremos ya el paréntesis técnico-jurídico del asunto y volvamos al aspecto meramente político.

Así, a la vista de que la sentencia no corrobora el discurso en el que los censuradores se basan para querer expulsar al PP del gobierno, sólo es posible concluir que su argumento -legítimo, por otra parte-, sólo puede sustentarse en sus convicciones personales, las mismas que llevan esgrimiendo desde hace años. Y siendo que la sentencia no aporta nada nuevo -más bien al contrario, pues desmiente, de momento, la responsabilidad penal del PP-, ¿por qué se ha esperado a la sentencia para poner en marcha toda esta operación? Pues porque es más fácil convencer a la manada de que los del PP son unos delincuentes con una sentencia en la mano -aunque no diga lo que dicen que dice-, que casi nadie se va a leer y mucho menos entender, que con el mero discurso machacón de varios años que, hasta ahora, no les ha permitido ganar las elecciones.

Tampoco parece haberles funcionado, a la vista de los resultados electorales, el discurso de que el país es un desastre, que casi la mitad de sus ciudadanos viven en la pobreza y la miseria o que la pérdida de derechos nos convierte en un país tercermundista.

Así que, como la ocasión la pintan calva, la sentencia, debidamente aderezada, manipulada y puesta al servicio de un discurso al que, de momento, desmiente, ha venido a unir las voluntades de PSOE, Unidos Podemos, ERC, PDeCAT, PNV, Compromis, EH Bildu y Nueva Canarias -casi nada-, no en torno a un proyecto común de país, o de políticas sociales, o de política económica, no, sino en torno al odio común a un partido político, a la necesidad vital e irracional de desalojarlo del poder por cualquier medio.

Sin duda, el mecanismo utilizado es legal. ¿Pero es legítimo? ¿Es éticamente democrático? Y. lo que es más importante, ¿es bueno para el país? De esto último tendremos muestras empíricas en breve.

En todo caso, lo que es un hecho incontestable es que Pedro Sánchez es ya nuestro presidente. Ha llegado sin las urnas y sin siquiera ser diputado. Pero ahora, pasada la euforia y la exultante felicidad de alcanzar su sueño a cualquier costa, tiene que gobernar. Y tiene que hacerlo necesitando el apoyo constante -que no será gratuito-, de los mercenarios que componen su ejército de Pancho Villa. Mercenarios que, cumplido el único fin que los hizo camaradas de armas, se baten ya en retirada, cada uno a sus trincheras. Y esas trincheras, parece evidente, no son las de la mayoría del pueblo. Y tampoco las de los socialistas.

Esperemos que el sueño de Pedro Sánchez no le quite el sueño al ciudadano de a pie. Le deseo suerte. Aunque sólo sea por el bien de todos nosotros.


sábado, 26 de mayo de 2018

De populismo oportunista e inoportuno, valgan las redundancias

Como uno lleva pidiendo la dimisión de Rajoy desde que llegó al gobierno -y por escrito-, no debiera resultar sospechoso de sectario o parcial lo que escribiré a continuación.

Resulta que ahora, recaída la sentencia que confirma lo que todos aquellos que promueven la moción de censura o las elecciones inmediatas ya decían saber, queda plenamente justificada la una o las otras.

Si quienes nos venden la necesidad imperiosa de echar cuanto antes a Rajoy por una u otra vía ya venían asegurando con absoluta certeza, a diario y desde hace años, lo que la sentencia confirma y también lo que insinúa -por cierto, insinuar en una sentencia que Rajoy ha cometido perjurio, aunque se tenga la convicción personal de ello, dice muy poco de los magistrados-, ¿por qué dicen ahora que ha llegado el momento de tomar esta decisión? ¿qué ha cambiado, si la sentencia no les aporta más certeza de la que ya ellos mismos tenían desde hace años?

Resulta obvio el populismo oportunista e inoportuno. Y también el escaso sentido de Estado de los socialistas. O de los actuales "socios" de gobierno. No todo debiera valer para tocar el cielo del poder. Sobre todo, cuando se pretende dar una patada a Rajoy en el culo de los ciudadanos.

En fin...

viernes, 4 de mayo de 2018

De leyendas urbanas y otras ignorancias II

Esta semana, con motivo del día del trabajo, he vuelto a leer y a escuchar las ya clásicas -y cíclicas-, leyendas urbanas de que, en el reparto de la tarta del PIB, los beneficios empresariales se llevan la parte del león o que la fiscalidad de estos beneficios es muy inferior a la de los rendimientos del trabajo.

De estas leyendas ya hablé hace un par de años. Y como el trabajo ya está hecho y las conclusiones no han variado sustancialmente, ¿para qué reescribirlo?

No creo que volver a explicarlo sirva de mucho, porque quien compra ese mensaje sin más argumento que sus prejuicios y su sintonía política con quien lo vende, no va a perder un minuto de su tiempo en comprobar los datos que lo desmienten.

De todas formas, por si les interesa, rescato aquella entrada que se titulaba "De leyendas urbanas y otras ignorancias". Tan de actualidad como lo estaba ayer y como, me temo, lo estará mañana.


martes, 1 de mayo de 2018

De jolgorios, regocijos y otras peligrosas manipulaciones

Resulta sorprendente que lo más destacado del voto particular hayan sido los términos "jolgorio y regocijo" empleados por el magistrado. Y que, además, quienes los subrayan afirmen haberse leído el voto particular.

Nada sobre, por ejemplo, la afirmación de la propia denunciante en el juicio oral de que, "a su juicio, es posible que los acusados hubieran interpretado que ella no se estaba sometiendo". 

Ni nada sobre el siguiente pasaje, sin duda llamativo: "Y existe otro detalle que hace dudar de la credibilidad de la denunciante y que no es otro que, por un lado, su preocupación sobre el perjuicio que su denuncia pudiera causar a quienes del modo brutal que describe en ella la habían agredido y que solo se entiende en supuestos en que existe un previo conocimiento entre la víctima y el agresor (o su familia) y por otro lado, la incomprensible empatía de la que hace gala respecto a los acusados. Aparece en varias ocasiones mencionado en la causa el pesar que producía a la denunciante el perjuicio que su denuncia pudiera causar a los denunciados...; en juicio lo ratificó y afirmó que no sentía nada especial por ellos, "no les conocía de nada, no puedo tener ninguna... ningún sentimiento hacia ellos pero ni bueno, ni malo porque no les conozco, o sea, es como una persona de la calle para mí ". Ciertamente, frente a cinco absolutos desconocidos a los que se está acusando por hechos de tal gravedad y que tan grave daño se afirma que han producido, señalar que " es como una persona de la calle para mí " como poco, resulta sorprendente".

Pero volviendo a lo del jolgorio y el regocijo, estas expresiones se suelen reproducir en los medios entrecomilladas, poniéndolas en boca del magistrado de manera literal. Como ejemplo de la burda y efectiva manipulación que buena parte del periodismo de este país está haciendo -burda, porque es tan fácil de desmontar como acudir a la sentencia, y efectiva, porque casi nadie pierde su tiempo en hacer esto último-, tenemos artículos como éste, que empieza así:

"«Lo que documentan las imágenes es sexo entre desconocidos, en el entorno clandestino y desapacible del rellano de un portal. Aprecio en los vídeos un ambiente de jolgorio y regocijo en todos ellos». Es el resumen que el magistrado Ricardo González hace..."

Desde luego, el entrecomillado de la periodista es imposible encontrarlo, tal cual, en el texto del voto particular. Es posible encontrar la primera frase, pero no la segunda. Mal empezamos si lo que se atribuye explícitamente al magistrado no aparece como tal en lo que él ha escrito. Pero es que además, si la primera de las dos frases -la única que aparece tal cual-, la ponemos en su  contexto, parece adquirir otro sentido, posiblemente no tan eficaz para lo que se pretende con el artículo. Pero júzguenlo ustedes mismos:

"Valorando pues en conciencia el contenido de los archivos de vídeo grabados el día de autos en el portal y las dos fotografías que obran en la causa resulta imposible al contemplarlos sustraerse al hecho de saber que las personas que aparecen en el mismo se habían conocido diez minutos antes de sucederse los hechos que se observan, lo que aumenta la sensación de crudeza y desazón que suscitan sus imágenes, ciertamente de contenido perturbador. Lo que documentan las imágenes es sexo entre desconocidos, en el entorno clandestino y desapacible del rellano de un portal".

En cuanto a la segunda frase, ni siquiera aparece como tal en el texto del voto particular. La única vez que el magistrado emplea las expresiones "aprecio en los vídeos" y "jolgorio y regocijo" a lo largo de los 237 folios, está en este párrafo:

"No aprecio en los vídeos cosa distinta a una cruda y desinhibida relación sexual, mantenida entre cinco varones y una mujer, en un entorno sórdido, cutre e inhóspito y en la que ninguno de ellos (tampoco la mujer) muestra el más mínimo signo de pudor, ni ante la exhibición de su cuerpo o sus genitales, ni ante los movimientos, posturas y actitudes que van adoptando. No aprecio en ninguno de los vídeos y fotografías signo alguno de violencia, fuerza, o brusquedad ejercida por parte de los varones sobre la mujer. No puedo interpretar en sus gestos, ni en sus palabras (en lo que me han resultado audibles) intención de burla, desprecio, humillación, mofa o jactancia de ninguna clase. Sí de una desinhibición total y explícitos actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo en todos ellos, y, ciertamente, menor actividad y expresividad en la denunciante".

Y ese párrafo, como pueden ver, ha quedado contraído en "Aprecio en los vídeos un ambiente de jolgorio y regocijo en todos ellos", usando lo resaltado en negrita y que, curiosamente, coincide con la segunda frase que la periodista atribuye al magistrado. Tremendo.

Podríamos analizar aquí decenas de artículos y tuit de profesionales de los medios de ese mismo estilo, pero como no les quiero aburrir y para muestra basta un botón...

Muy mal camino está tomando este asunto. Y como el ciudadano no empiece pronto a pensar por sí mismo y siga haciendo caso a políticos, periodistas, tertulianos y turba, éste puede ser un camino sin retorno.


Historia del pescador pescado... O eso esperábamos (III)

¿Recuerdan esta historia? Pues ya acabó. Y quedó en nada. Bueno, en nada no, en una lamentable manifestación de indefensión e ineptitud por parte de algunos funcionarios. Ni siquiera conseguí que se iniciara el procedimiento sancionador, y no digamos ya que Orange fuese sancionada. Ciertamente un fracaso. No tanto propio -al fin y al cabo, cuando me planteé la cruzada, yo ya había conseguido que condonaran la deuda y anularan la inscripción en el registro de morosos, por lo que sólo aspiraba a que pagasen una buena multa en beneficio del Estado, de todos nosotros, y que se tomaran en serio en lo sucesivo los derechos de los consumidores-, como del sistema, de la tutela a la que está obligada la Administración para con sus administrados. Sí, díganlo porque tienen razón, ¡qué ingenuidad la del tabernero!

En fin, que les debía el epílogo de este asunto y aquí lo tienen. Si quieren más detalles, hace poco más de un mes publiqué en uno de los blog de Derecho más prestigiosos del país -permítanme que presuma-, un artículo con todos los detalles. Pese a que intento mantener en él un cierto espíritu didáctico, era demasiado técnico para la taberna y por eso decidí no publicarlo aquí. No obstante, quien tenga interés en leerlo puede encontrarlo allí.


domingo, 29 de abril de 2018

La otra manada

Seguramente no voy a escribir nada original, nada que no se haya dicho ya por alguien en estos tres últimos días, aunque yo he esperado a leerme las 371 páginas para opinar. Son pocos días, pero suficientes para que se hayan dicho y escrito auténticas barbaridades. Apenas hecho público el fallo, ya había quienes hablaban de dictadura del patriarcado, de sentencia machista, de expulsar a los magistrados de la carrera judicial, de colgar en el palo mayor al descerebrado al que se le había ocurrido redactar el voto particular que abogaba por absolver a esos energúmenos. Parecían haberse leído las trescientas y pico páginas de la sentencia en apenas unos minutos. E incluso haberla entendido.

¡Está siendo todo tan excesivo! Políticos de todos los colores, juristas, periodistas, tertulianos, gente de a pie. ¡Hasta Ana Botín! Y eso que los han condenado a 9 años de prisión, 5 años de libertad vigilada, una multa importante y el escarnio público para, probablemente, el resto de sus vidas. Una minucia de nada. No quiero ni pensar dónde tendrían que haberse escondido los magistrados si los hubieran absuelto. Resulta preocupante la facilidad con la que nuestro Estado de Derecho salta por los aires a las primeras de cambio. Nuestra inmadurez democrática goza de una magnífica salud. 

Pero volvamos al asunto. 

Fiel al espíritu didáctico al que aspira la taberna, resulta interesante subrayar que tras una sentencia penal hay todo un trabajo de investigación, de instrucción y, finalmente, de práctica de pruebas que se lleva a cabo en la fase de juicio oral, en la que el juez tiene la oportunidad -y la obligación-, de valorar directamente el material probatorio -principio de inmediación-, y la defensa de discutirlo -principio de contradicción-, y todo ello respetando el derecho fundamental a la presunción de inocencia.

Por ello, una sentencia penal no es más -ni menos-, que el resultado de la valoración de la prueba realizada por el juez o tribunal que, tras un relato de hechos probados -probados conforme a la convicción del juez o tribunal tras el citado proceso valorativo-, desemboca finalmente en un fallo que refleja la adecuación o no de esos hechos probados a un determinado tipo penal, a la descripción de una conducta calificada como delictiva en nuestras normas penales.

Cuando alguien lee una sentencia penal, cualquier sentencia penal, y no ha tenido acceso al material probatorio o al sumario, no le queda más remedio que dar por válido el relato de hechos probados. Dado que el tribunal ha podido acceder a las pruebas y a las declaraciones policiales o sumariales, ha presenciado en la sala las declaraciones de testigos, peritos o procesados, comprobando sus reacciones ante las preguntas de una y otra parte, e incluso ha podido hacer las preguntas que le han parecido oportunas para aclarar cualquier duda que le asaltase, a uno no le queda otra opción que admitir que el relato de hechos probados de la sentencia refleja la convicción del tribunal sobre cómo han sucedido tales hechos. Discutirlos sin más información no deja de ser, por tanto, más que una mera elucubración o, en el mejor de los casos, una opinión.

Sin embargo cuando, como en esta ocasión, existe un voto particular que, además, es inusitadamente extenso, detallado y beligerante -no sólo con los hechos probados, sino también con los fundamentos jurídicos de la sentencia-, se dispone de una valiosa información que permite cuestionar, o no, los hechos probados con un cierto fundamento, sin necesidad de cabriolas en el aire. La perspectiva que ofrece una valoración distinta -y distante-, de la prueba por parte de otro magistrado que ha dispuesto exactamente de la misma información que quienes redactaron la sentencia es enormemente valiosa. Sobre todo para quien se acerque a ella sin prejuicios.

El voto particular no se limita sólo a llegar a conclusiones distintas a partir del mismo material probatorio, sino que hace una dura crítica sobre algunas cuestiones tanto procesales, como de derecho sustantivo y constitucional. Pero, con ser ello enormemente trascendente, quizás lo más llamativo para un lego en Derecho sean algunas de las reflexiones y valoraciones que el magistrado hace sobre cuestiones fácticas. Fundamentalmente porque pueden ser entendidas por el ciudadano de a pie.

De todas ellas, la que a mí me parece absolutamente brutal por contundente es la siguiente:

"Que interpretaran que la denunciante consentía las relaciones que mantuvieron es algo que también puede admitirse como razonable, valorando la propia declaración de aquella y lo que resulta de los vídeos y fotografías que ya se han valorado. Si un experto en psiquiatría como el Sr. Sanz Cid, además, ha manifestado con firmeza y bajo juramento que no ve, en lo que de los vídeos resulta, indicio alguno del "shock" o del "bloqueo" emocional que la denunciante refiere, no parece razonable exigir que los cinco acusados lo percibieran o pretender que necesariamente debieran haber sido conscientes de lo que ella albergaba en su fuero interno; por el contrario, que interpretaran su expresión o sus gemidos y jadeos como signo de aceptación, por más que esta internamente pudiera estar repudiando lo que sucedía, es algo que puede admitirse como razonable en ausencia de prueba que acredite lo contrario y que, a mi juicio, no se ha ofrecido por las acusaciones; muy al contrario, la propia denunciante en su declaración en el plenario afirmó que, a su juicio, es posible que los acusados hubieran interpretado que ella no se estaba sometiendo."

Desde luego, la defensa tiene una mina de oro en el voto particular para su recurso. Y, en mi humilde opinión, la probabilidad de que el Tribunal Supremo -porque el asunto llegará a esta instancia, sin duda-, dé la razón al voto particular, es alta. Si no se acojonan, claro.

Y para terminar, me quedo con esta reflexión de Ignacio Gomá en su artículo "La sentencia de la manada y el verdicto social", cuya lectura les recomiendo:

"Hay que tener cuidado con acudir a la Justicia del Pueblo porque el Pueblo es un ser indeterminado que no responde ante nadie ni se somete a ninguna regla. Y no hay autos de procesamiento ni procedimientos: la acusación y la sentencia son una misma cosa. Y el acusado puede ser cualquiera."


domingo, 17 de diciembre de 2017

De chulerías y vergüenzas ajenas

Hacía tiempo que no os traía ninguna tapita por la taberna. Ya saben, la falta de ganas, el poco tiempo disponible y que todo es Cataluña me tienen con la creatividad por los suelos.

Pero un gran amigo de esta taberna, José Carlos Díez, conocido por sus perlas, vino a salvarme del hastío. Bueno, él y La Secta. La verdad es que hace ya tiempo que no veo el programa. Lo grabo y después, por la mañana, mientras desayuno, apenas consigo salvar media hora después de cribar la morralla. Y hete aquí que ayer estaba mi amigo. Y le pusieron un corte del ministro De Guindos en el que afirmaba que el salario medio había caído en 2016, pero que la caída se había producido en los salarios más altos y que los más bajos habían subido.

Y lo que salió por la boquita de José Carlos fue realmente asombroso. Y no sólo por la falta de respeto, la chulería y la mala educación.

"Este señor se está proponiendo para ser vicepresidente del BCE y entonces claro, si no sabe esto... Llevar la política monetaria es una cosa muy seria y hay que llevar a gente de nivel...El ministro no ha cogido ni una... Imagínate si le pones en el BCE y cuando hay que bajar los tipos de interés, los sube, que es lo que está pasando ahora en el vídeo"

¿Que no se lo creen? Pues vean, vean.





El problema es que De Guindos se refería a datos de 2016 respecto de 2015. Seguramente, a quien editó el vídeo de De Guindos no le debió parecer importante dejar el fragmento en el que quedaba claro a qué periodo se refería. Tampoco debió percatarse José Carlos de que tenía detrás el dato del 0,8% de bajada del salario medio, que sólo podía referirse a 2016 respecto de 2015. Ni que De Guindos tampoco podía referirse a otro periodo por la sencilla razón de que ése es el único año en el que ha bajado el salario medio desde que el INE aporta datos por deciles.

Y por cierto, José Carlos, el INE aporta datos por deciles de salarios -no de rentas-, desde 2006, no desde 2008. Por aquello del nivel y de no coger ni una.

Realmente patético.

¡Ah! Y aquí el gráfico que demuestra que De Guindos -por una vez y sin que sirva de precendente-, acertaba.



 Fuente: EPA


domingo, 1 de octubre de 2017

¿Y a partir de ahora qué?

Como no he cambiado de opinión, más bien todo lo contrario visto lo visto a lo largo del día de hoy, no me voy a repetir.

Sólo constatar que el Estado, por una enorme torpeza de Rajoy, ha perdido la batalla de la imagen y de la razón. Sin duda, no es el único responsable. Pero sí el máximo responsable. A su incapacidad para resolver políticamente un conflicto político, se ha añadido la tremenda imprudencia de enviar a Cataluña a miles de policías y guardias civiles. Bastaba con no reconocerle efectos jurídicos al resultado de lo que sea que se haya producido en el día de hoy.

¿Y a partir de ahora qué? Pues probablemente más y peor. Hasta que se afronte el problema político con POLÍTICA. Así, con mayúsculas.

sábado, 16 de septiembre de 2017

Respuesta a un parroquiano...

Un parroquiano reciente de la taberna me ha dejado un comentario ¡en una entrada de 2008!
En él, me insta a opinar sobre uno de los asuntos que se mencionaban en la misma, aunque dicha mención se hacía únicamente para ilustrar el fondo de la cuestión que realmente quería tratar entonces y cuyo título era suficientemente esclarecedor: "Imbecilidad y exceso de Estado".

Como me lo pide con tanta amabilidad sazonada de piropos -probablemente tan inmerecidos como estratégicos-, he decidido sucumbir y echar un vistazo a los enlaces que me aporta en su comentario. Obviamente, me resultaría muy laborioso ponerme al día y analizar toda la documentación -sobre todo de la web de Mila Hernán-, que aportan personas que llevan años trabajando sobre este asunto. Y no dispongo ni del tiempo ni, por qué no decirlo, del interés personal necesarios para emplearlo en este tema en concreto. No obstante, he revisado algunos capítulos del ensayo de Mila Hernán y me sorprenden algunas afirmaciones cuya única documentación son artículos de prensa -de los parroquianos que me visitan es conocida mi resistencia a creerme de manera acrítica lo que dicen los periódicos cuando de asuntos económicos o legales se trata-, y en muchos casos, ni siquiera eso, sino simplemente la opinión de la autora. También he dedicado algunas horas a leer la sentencia de la Audiencia Nacional y el recurso de casación de una de las defensas.

Respecto de la página web de Mila Hernán, me quedaré con la afirmación que se hace en la sinopsis de la obra que se incluye en esa web y que, intuyo, es su tesis principal. Se dice en ella que "la autora presenta conclusiones que la llevan a afirmar, con rotundidad, que tras la intervención de Afinsa, existe una enorme conspiración que tenía como único objetivo la destrucción de un impresionante emporio empresarial con presencia en tres continentes; una monumental operación coordinada a los dos lados del Atlántico, que provocó el derribo de la mayor empresa filatélica del mundo".

Obviamente, yo no estoy en disposición ni de rebatir ni de confirmar la tesis de Mila Hernán. En cualquier caso, de ser cierta, ello implicaría que era un empresa solvente y con patrimonio suficiente como para, una vez liquidada, cubrir con el valor de sus activos -los sellos-, el de su pasivo -las inversiones de sus clientes-, pero no ha sido así ni de lejos. También, de ser cierta, esa conspiración constituiría un delito que debiera poderse demostrar y, en tal caso, sí que sería procedente la declaración de responsabiidad patrimonial del Estado, pero no por la supuesta estafa -que, según esta señora, no existió-, sino por los perjuicios causados por el Estado al intervenir una compañía de manera fraudulenta y causar un perjuicio patrimonial a sus socios y clientes. Resulta cuando menos llamativo, ante la rotundidad de la señora Mila Hernán, que no se haya planteado denuncia o querella contra los funcionarios responsables de la conspiración reclamando, además de la reponsabilidad penal por la comisión de varios delitos, la responsibilidad civil derivada de los mismos. Que yo sepa, no se ha hecho, ¿por qué?

Por otro lado, he leído con atención -se lo recomiendo al parroquiano que provoca esta entrada-, el relato de hechos probados de la sentencia de instancia, páginas 14 y siguientes. Y también he comprobado que había, si no he contado mal, además del Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado, 28 acusaciones particulares, entre las que figuran varias asociaciones de defensa de consumidores o usuarios, todas ellas compartiendo el fondo del asunto, es decir, la existencia de estafa. Por otra parte, he echado un vistazo al recurso de casación de una de las defensas, fundamentado básicamente en que la naturaleza del negocio era mercantil y no financiero -cuestión que no afecta al fondo del asunto-, y en cuestionar las periciales.

La sentencia tiene 174 páginas y es muy detallada, tanto en la descripción de hechos probados como en sus fundamentos jurídicos. Incluso me atrevería a decir que su lectura es amena y se entiende bastante bien por cualquiera con escasos conocimientos de Derecho. Ha sido redactada tras años de instrucción y multitud de material probatorio. ¿Eso garantiza que sea inatacable jurídicamente? Obviamente no. Y de ahí la existencia de recursos en nuestro ordenamiento jurídico que minimicen la posibilidad de errores en el enjuiciamiento de un conflicto. 
Por tanto, resulta evidente que la sentencia de instancia no es firme, que el TS debe confirmar o modificar aquella sentencia cuando, como es el caso, existen recursos que la cuestionan y que, en este estadio del proceso, hablar de conspiración me parece bastante fuera de lugar. Al menos, yo no deduzco de la sentencia de la AN atisbo alguno de conspiración y, como dije antes, si existieran pruebas de tal conspiración, no se entendería que quienes las tienen no hayan actuado judicialmente. En todo caso, de anularse la sentencia, quedaría abierta la vía de exigir la responsabilidad patrimonial del Estado de la que podrían resarcirse los damnificados. Y de ratificarse, más allá de que las defensas sigan discrepando de la misma -como casi siempre ocurre respecto de la parte perdedora de un proceso-, continuar hablando de conspiración implicaría aceptar que no vivimos en un Estado de Derecho. Y yo, desde luego, no estoy dispuesto a comprar esa mercancia con tan escasas evidencias. 

En resumen, casi 10 años después, sigo opinando exactamente lo mismo que afirmé en aquella entrada, opinión que, por otra parte, ni cuestionaba ni afirmaba la existencia o no de estafa, puesto que la referencia que en ella se hizo del caso Afinsa -como del caso Contsa-, pretendía únicamente ilustrar la cuestión de fondo que allí se trataba, a saber, que la libertad individual debe implicar la asunción de la responsabilidad que lleva aparejada el ejercicio de ese derecho fundamental. A partir de ahí, mi solidaridad más absoluta con los dramas personales que pudieran provocar casos como estos y, en todo caso, como ya dije en aquella entrada, mecanismos tiene el Estado para paliarlos sin que ello constituya una subrogación del mismo en las consecuencias derivadas del ejercicio de la libertad individual de los ciudadanos.

miércoles, 30 de agosto de 2017

El desparpajo sin gracejo del señor Bermejo

Se ve que a este hombre esto de la estadística le pone. Le da igual hacer el ridículo o que algunos ya le hayamos avisado de su evidente ignorancia en estas lides. Este hombre ve dos cifras distintas para una misma magnitud, se excita, se pone a cien y se lía a escribir a tontas y a locas como si no hubiera un mañana.

Reconozco que sólo lo leo cuando habla de las estadísticas de nuestra economía. Y es que resulta delirante. Y aún más delirante que un periódico le siga prestando su púlpito. Éstos de Vozpopuli deberían hacérselo mirar. Más que nada por el prestigio de su periódico.

Al parecer, ya están trabajando con los datos de 2014 para aquella paranoia que me traen él y sus compañeros de fatigas sobre el falseamiento del PIB. Y querrá que alguien le tome en serio después de demostrar al mundo una y otra vez que no sabe distinguir una media de una mediana o una regresión de un retorno de vacaciones.

En este artículo, como era de esperar, sigue en su línea y deja algunas perlas dignas de mención.

"...si tomamos los datos del segundo semestre de 2017 y observamos el número de ocupados, la EPA dice que hay 18,8 millones de personas mientras que la CNTR dice que hay 19,5 millones. A su vez, la Seguridad Social informa de 18,4 millones de afiliados, que podrían, más o menos, asimilarse al número de ocupados ya que es condición necesaria y legal estar afiliado para considerarse ocupado. Las diferencias son significativas, y llama la atención que entre dos cálculos de la misma fuente, el INE, existan 700.000 personas de diferencia."

En primer lugar, llama la atención que el señor Bermejo ya tenga los datos del segundo semestre de 2017. Venga, vale, es una errata, pero mal empezamos. Verán, los datos que maneja son correctos, pero su extrañeza de que los datos no coincidan le deja, una vez más, en evidencia. La EPA es una encuesta sobre una muestra que posteriormente se extrapola a la población total y tiene una metodología determinada, distinta del cálculo de la Contabilidad Nacional. El análisis de este asunto daría para escribir un libro pero, sólo a título ilustrativo, en la Contabilidad Nacional Trimestral, para el cálculo del empleo se tiene en cuenta las diferencias entre asalariados residentes empleados por unidades no residentes, asalariados no residentes empleados por unidades residentes, empleados residentes en hogares colectivos u ocupados en actividades ilegales.

Por otro lado, comparar el número de empleados medio de un trimestre calculados a partir de una muestra (EPA), con el calculado de manera indirecta a partir de diversas fuentes por la Contabilidad Nacional (CNTR) y con el número de afiliados medio de un sólo mes -el de julio-, y extrañarse de que no coincidan es tan infantil y deliciosamente ingenuo...

"Efectivamente. La EPA ofrece unos datos de ocupados a tiempo completo de 15,9 millones, mientras que la CNTR dice que los empleos equivalentes a tiempo completo son 17,9 millones. Es cierto que no miden lo mismo, pero el dato refleja claramente que hay distorsión."

Y si no miden lo mismo, ¿cómo se puede concluir que hay claramente distorsión del hecho de que los datos no coincidan?

"Aquí en España hay un dato que siempre llama mucho la atención y sin embargo la opinión pública no lo denuncia, y es la diferencia entre el dato de parados que ofrece la EPA (3,9 millones) y el que ofrece el SEPE (3,3 millones). Teóricamente, deberían estar alineados, pero la diferencia entre ambos indica claramente que puede haber manipulación, ya que el dato del SEPE se presenta mensualmente."

Bueno, para no repetirme, me remito a la respuesta que ya le di al señor Bermejo hace unos meses a este respecto. Se ve que no me leyó. O que, si lo hizo, no se enteró de lo que leía. Lo curioso es que no saque conclusiones de que la opinión pública no denuncie esa diferencia en los datos. A lo mejor es que resulta evidente que ambas cifras miden cosas completamente distintas.

"Según la EPA, las horas trabajadas en el segundo trimestre de 2017 fueron de 7.980 millones, y por lo tanto menores que en el segundo trimestre de 2016 (8.062 millones). Sin embargo, la CNTR dice que en el segundo trimestre de 2017 hubo 8.505 millones frente a los 8.442 millones del segundo trimestre de 2016."

En primer lugar, ¿qué significa que las horas trabajadas en un trimestre sean mayores o menores que las trabajadas 4 trimestres atrás? Porque si lo que se quiere es averiguar si el número de horas trabajadas está aumentando o disminuyendo, el método no puede consistir en comparar dos datos separados 15 meses, sino en comparar la evolución de las horas trabajadas, como ya expliqué al señor Bermejo. Y en segundo lugar, que los datos de la EPA y los de la Contabilidad Nacional Trimestral no coincidan es lo esperable, como ya se ha explicado más arriba. Que coincidieran sí que sería altamente sospechoso.

En fin, siga usted haciendo el ridículo y escribiendo de lo que no sabe señor Bermejo. Ya se dará cuenta de que la hemeroteca es una auténtica putada. Y desde luego, si así lo desea, tiene este blog a su disposición para rebatir lo que considere oportuno.

martes, 15 de agosto de 2017

Parecer un idiota, ser un sinvergüenza...


Leía hoy un artículo atrasado de un notario cuyo blog sigo -y del que les aconsejo, en especial aunque no únicamente, sus chistes y anécdotas-, en el que comentaba que los abogados, cuando envían a sus clientes al notario para que les autorice un poder para pleitos dirigido a reclamar cláusulas suelo o gastos de hipoteca, dan indicaciones en la minuta para que no se indique la profesión del otorgante.

En cuanto terminé de leer los primeros párrafos, me vino a la cabeza esta entrada de la taberna. Y no pude evitar una sonrisa de tristeza.

No pierdan la oportunidad de leer a Justito El Notario. Aprenderán y se divertirán a un tiempo. Si les apatece, claro.


miércoles, 9 de agosto de 2017

Miserias de un pobre consumidor... (II)

Como decía, no acababa allí la cosa.

Tras finalizar el plazo que les di para solucionar el asunto de la factura, contraté los servicios con otra operadora el sábado 5 de agosto. El martes 8 me llaman desde el Dpto. de bajas de Vodafone. Es el rito de los cambios de operadora que tan bien conocemos todos los que alguna vez nos hemos dado de baja en ellas. Con la excusa de verificar si es cierto que yo había pedido portabilidad de todas mis líneas a otra operadora, cosa que le confirmo intentando revestir mi respuesta con un tono de cierta satisfacción vengativa, una chica muy amable me pregunta cuál es la causa de que me quiera marchar. Para provocar más escozor y que la contraoferta que me iban a hacer en unos minutos fuera más contundente, le informo de que estoy muy satisfecho con el servicio recibido y que era una pena que tuviera que marcharme por la ineptitud de sus servicios administratativos, que si llevaban más de dos semanas sin siquiera ser capaces de darme una explicación sobre una factura desorbitada, no digamos ya de solucionarla y bla, bla, bla...

Cuando termino de contarle mis penas, eso sí, con mucha educación porque la chica no paraba de hacer genuflexiones orales -entiéndaseme bien-, y de rebosar empatía -además de que la pobre se estaba comiendo sin culpa alguna todo el marrón de los ineptos de sus compañeros-, me pregunta que cómo puede conseguir que me quede en Vodafone y que cancele la portabilidad. A mí se me ocurrieron varias maneras, pero prefería escucharla a ella y la invité a que me hiciera una propuesta. Y me hizo una realmente interesante. Le indico que si añade a la misma la asunción de cualquier penalización que la otra operadora me cobre por la cancelación, me garantiza que se va a resolver de manera inmediata el asunto de la factura, que no voy a tener más problemas de ese tipo en lo sucesivo y me lo pone todo por escrito, me quedo con ella. Con Vodafone, quiero decir. Accede a ponérmelo todo por escrito menos lo de las facturas porque, dice, no depende de ella, sino de sus compañeros. No obstante, se compromete a ocuparse de que ello sea así, dándome además su nombre y su teléfono. Yo por mi parte, ante ese despliegue de generosidad y simpatía, decido también ser generoso y dejar que ella se apunte la victoria -también por joder a esos compañeros suyos que tanto empeño habían puesto en echarme-, así que accedo a quedarme y a cancelar la portabilidad, no sin antes hacerle ver que tenía serias dudas sobre la capacidad de sus compañeros para resolver el asunto de la factura -los problemas de comprensión lectora no suele resolverse de la noche a la mañana-, e incluso para no volver a meter la pata en las sucesivas. Nos despedimos muy amablemente y nos agradecimos mutuamente.

Quisiera, antes de continuar, abrir un paréntesis para dejar claro que creo rotundamente que, en términos generales, de este tipo de problemas no son responsables únicamente los empleados incapaces de hacer bien su trabajo, sino también, y fundamentalmente, el superior que incumple su obligación de seleccionar a los trabajadores más adecuados para realizar las funciones encomendadas, formar a quienes requieran formación para realizarlas o cambiar de funciones -e incluso despedir-, a quienes no tengan aptitudes para tales funciones. Y también los responsables de establecer los procedimientos de actuación y proporcionar las herramientas para que los operadores puedan atender adecuadamente a los clientes. Me parecía de justicia subrayarlo porque, por la forma en que me refiero en estas entradas al personal de Atención al Cliente o del foro oficial de Vodafone, pudiera parecer que los hago absolutamente responsables de su ineficacia. Y no es así. Cerremos pues el paréntesis.

Recibido el correo con lo acordado, procedí a cumplier mi parte cancelando la portabilidad. Varias horas después, recibo una llamada del Dpto. de Facturación de Vodafone en relación con la reclamación de la factura en cuestión. Había sido necesario que, tras dos semanas de reclamaciones sin que me hicieran el menor caso, cumpliera mi amenaza de marcharme para que en una mañana me llamaran dos veces. Pero de donde no hay... 

Era otra chica, con un acento francés tan marcado, que estuve por decirle que me hablara directamente en el idioma de Molière. Me estaba intentando explicar el abono que me iban a hacer en mi cuenta corriente por un importe que no coincidía con mi reclamación. Al indicarle que no estaba de acuerdo con lo que pretendían abonarme, intentó hacerme las cuentas sobre la marcha para convencerme, pero tuve que pararla. En primer lugar, porque apenas la entendía. En sentido literal. Y en segundo lugar, porque me pilló en la calle sin un solo papel a mano. Así que le indiqué que no estaba en condiciones de confirmarle sus cálculos pero que la cifra no me cuadraba y que, como ya les había enviado varios correos detallando mis cálculos que, por favor, me contestaran a alguno de ellos matizándolos o corrigiéndolos, que los revisaría y les contestaría. En ese momento se cortó la comunicación. ¿Me había colgado el teléfono o simplemente se cortó la llamada? Lo cierto es que no volvió a llamar, así que saquen ustedes sus conclusiones.

Casi simultáneamente a la llamada, recibo un correo de Atención al Cliente de este tenor:

"Estimado Sr. XXXXX,

Gracias por ponerse en contacto con el servicio de la atención al cliente de Vodafone.

En primer lugar, permítanos ofrecerle nuestro más sincero agradecimiento por contratar nuestros productos y servicios, así también, por depositar su confianza en nuestra compañía.

En respuesta, a su consulta, le hemos llamado 2 veces en la fecha de hoy por el teléfono a los números XXXXXXXX, XXXXXXXXX pero usted no contesta. Usted tiene un caso abierto con el numero IXXXXXXXX relacionada con la revisión de su última factura emitida CIXXXXXXXX y el departamento encargado le pondrá en contacto lo antes posible para infórmale la gestión correcta

También usted tiene otro caso abierto con el numero IXXXXXXX relacionado con el departamento de portabilidad y el departamento encargado le pondrá en contacto lo antes posible para informarle la gestión correcta.

Para más ayudas, le sugerimos comunicarse con el departamento de portabilidad

Horario de atención es de lunes a viernes desde las 8:00 de la mañana hasta las 23:00 horas.

Sábados de 9:00 de la mañana hasta las 16:00 horas. (Excepto festivos nacionales)

Le recordamos que estamos encantados de atender sus consultas.

Reciba un cordial saludo,

Departamento de atención al cliente de Vodafone.
"

Al margen de la ortografía y la gramática, en cuanto al fondo -a saber, dar alguna explicación sobre los cálculos que se hacen en la factura para justificar su importe-, nada de nada. Y éste es el séptimo correo que recibo de ese estilo desde Atención al Cliente. Incluso en éste, se permiten regañarme por no cogerles el teléfono. Tras dos semanas quejándose, ahora va el gilipollas éste y no nos coje el teléfono, debieron pensar. Y ni cortos ni perezosos, me lo zampan. Les recuerdo a ustedes, para que se sitúen, que todo esto sucede después de haber cancelado la portabilidad y después de que me asegurasen que todo se iba resolver satisfactoria y rápidamente. ¿Recuerdan lo que le dije a la amable chica del Dpto. de Bajas respecto a mis dudas sobre la capacidad de sus compañeros para resolver este asunto? Pues eso.

Les respondí en los términos que reproduzco a continuación. Como pueden deducir de su contenido, la respuesta se produce después de la conversación con el Dpto. de Facturación.

"Muy sres. míos:

Como pueden ustedes comprobar fácilmente -incluso en algunos de sus correos de respuesta que me envían figura claramente-, cuando abrí las incidencias facilité como número de contacto el 123456789. No les debería extrañar -ni deberían por tanto reprocharme-, que si han llamado a un teléfono distinto no les haya podido atender.

Por otro lado, sobre las 14:30 he recibido una llamada -esta vez sí, al 123456789, se ve que lo tenían-, del Dpto. de Facturación de Vodafone en la que me indicaban que iban a realizar una transferencia de 63,25 € a mi cuenta. No obstante, no he entendido muy bien las explicaciones de su compañera, probablemente porque tenía un marcado acento francés y porque yo no era capaz de seguir los cálculos que estaba haciendo al no tener a mano la factura. Además, al no coincidir el importe que se pretende abonar con los cálculos realizados por mí, le he pedido que, por favor, me enviara los cálculos por escrito para que yo pudiera verficarlos. Después, se ha cortado la comunicación. No sé si me colgado el teléfono o ha sido un corte fortuito, pero lo cierto es que no ha vuelto a llamar.

Una vez más, les recuerdo que ya les envié mis cálculos en sucesivos correos -el 22 de julio, el 1 de agosto y el 3 de agosto-, y les rogaría que, sobre cualquiera de ellos, respondan expresamente a los cálculos que realizo, indicando si son o no correctos y por qué. De esta forma, a lo mejor, un día de estos conseguiré saber qué cálculos hago mal y podré darles la razón y pedirles disculpas por mi error.

También les informo de que esta mañana, una compañera suya se ha puesto en contacto conmigo para convencerme de cancelar la portabilidad que esta misma noche se iba a realizar desde mis líneas de Vodafone a Movistar. Le he explicado que mi baja no obedecía realmente a un mal servicio de telecomunicaciones prestado por Vodafone, sino a la nefasta gestión administrativa que llevo sufriendo con esta factura, y de la que este correo es una nueva muestra, desde que el 22 de julio interpuse la reclamación. Acepté hace unas horas quedarme en Vodafone tras una buena oferta y la promesa de que esta reclamación se iba a solucionar de manera inmediata y satisfactoria y que no iba a haber más problemas de este tipo en el futuro. Pero aquí estamos otra vez, haciéndonos perder el tiempo mutuamente.

Empiezo a pensar que me he vuelto a equivocar cancelando la portabilidad.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.
"

Todo esto ocurría a lo largo del día de ayer. En el día de hoy, nadie se ha vuelto a poner en contacto conmigo, ni por escrito ni por teléfono. Me temo que el efecto terapeútico de darse de baja tiene una duración similar a la de la aspirina.

Continuará... O no.



Miserias de un pobre consumidor... (I)

Les voy a contar una divertida historia sobre mi última aventura con las operadoras de telecomunicaciones. He de reconocer que en esto -como en otros tantos servicios en los que existe cierta competencia-, soy bastante mercenario. Cuando encuentro una oferta que mejora la que tengo y la compañía me merece una cierta solvencia técnica, suelo cambiar de proveedor. He pasado ya por casi todas las importantes -Telefónica, Wanadoo, Yacom, Orange, Jazztel...-, pero me quedaba Vodafone. Así que, tras recibir una llamada de ellos -ya saben, esa llamadita diaria a la hora de la siesta-, informándome de que ya podían darme servicio de fibra en mi domicilio, me hicieron una oferta muy interesante por un paquete de Fibra de 120 MB simétricos, más fijo, más dos líneas móviles por 42,40 € IVA incluido. Así que el pasado 7 de Junio decidí contratar con ellos y portar todas las líneas que, hasta ese momento y desde hacía aproximadamente año y medio, tenía con Movistar.

El proceso de portabilidad ha sido bastante accidentado y no es cuestión de entrar aquí en detalles porque no es de eso de lo que les quiero hablar, pero es importante mencionarlo porque contextualiza el tono de cabreo in crescendo que se intuye en los diferentes mensajes que me cruzo con empleados de Vodafone y que irán ustedes leyendo a lo largo de la historia que, ya les adelanto, no termina nada bien.

Pues bien, cuando recibo la primera factura tras la portabilidad de la fibra, me doy de bruces con que esta operadora te cobra los meses por adelantado. Es la primera vez que me encuentro con esta circunstancia. Lo miro en el contrato y, en efecto, hay en él una cláusula que así lo indica. Nadie me informó de ello en el proceso de contratación on line, pero lo dice el contrato -eso sí, enviado tras la contratación-, así que ajo y agua y a asumirlo por espabilado. Pero el verdadero problema de la factura no es ése sino que, incluso teniendo en cuenta esa circunstancia, debían haberme facturado unos 70 € -añadí un bono de 50 GB de datos móviles para las vacaciones por 20 €-, y me facturan 152 €. Si mi única motivación para el cambio era ahorrarme dinero manteniendo o mejorando los servicios recibidos y me encuentro con que ahora pago más del doble, ya entenderán ustedes cómo se me quedó el cuerpo. Y por cierto, tampoco te cuentan en la contratación que por el servicio de identificación de llamadas del fijo te cobran 2 € al mes. Es la primera vez que pretenden cobrarme por eso.

Pero volvamos al asunto. Cuando recibo la factura pongo una reclamación en Vodafone y, simultáneamente, en un foro oficial que es atendido por empleados de Vodafone. Debo decir que mi experiencia en estos foros de otras operadoras siempre ha sido muy positiva y más rápida que las reclamaciones telefónicas a Atención al Cliente. La reclamación y el mensaje que puse en el foro el 23 de julio a las 11:02 es el siguiente (si pican en las imágenes que contienen los mensajes, los verán mejor).





Como nadie contestaba y la factura la pasarían al cobro el 25 de julio, insisto el 24 de julio a las 19:32.




El 25 de julio a las 12:02 me responde lo siguiente un empleado de Vodafone cuyo nombre prefiero omitir.




Como el propio foro permite verificar si un mensaje privado ha sido o no leído por el receptor, al comprobar que dos días después de solicitarme los datos no había sido leído por nadie, pongo en el foro el siguiente mensaje el 27 de julio a las 10:38.




El día 31 de julio a las 12:38, al comprobar que seguían sin leer los mensajes privados enviados, vuelvo a poner el siguiente mensaje en el foro.




El 31 de julio a las 17:39 me acusan recibo en el foro de los mensajes privados enviados por mí, indicándome que la factura está correcta y que me dan más detalles en un mensaje privado.




Cuando leo el mensaje privado en el que, según dice en público, me dan más explicaciones, me encuentro con que no se me da ninguna explicación adicional que tenga sentido, por lo que decido responderle en público el 31 de julio a las 19:12, incluyendo además en el texto el mensaje privado que, supuestamente, aportaba más explicaciones. Aclaro que el "**bleep**do" que podéis leer en mi mensaje lo introduce el propio foro, que dispone de un mecanismo automático en el que previamente, el administrador del mismo ha determinado qué palabras deben ser censuradas en el foro. La palabra censurada era "engañado". Altamente ofensiva como pueden ver. Sobre todo porque no afirmo que me engañaran, sino que me sentí engañado y que, en efecto, se indicaba en el contrato.





El 3 de agosto a las 13:04 me responden de buen rollito. A la fuerza ahorcan, claro. Y además, me aportan alguna información adicional totalmente absurda, como podrán ver en mi posterior respuesta. También me informan de que existe un expediente abierto con mi reclamación, expediente que, tras casi dos semanas, no aporta ninguna explicación al exceso de facturación.




El 3 de agosto a las 13:35 respondo de nuevo en el foro.



Como nadie soluciona el problema y, lo que es peor, ni siquiera me dan una explicación coherente y detallada a los conceptos facturados, decido cambiar de operadora y dar instrucciones al banco para devolver la factura, además de informarles de mi decisión el 4 de agosto a las 19:20.




La respuesta que recibo en el foro el 6 de agosto a las 17:07 no tiene desperdicio.



Y debo reconocer que las mías, a las 18:47.




Y a las 19:00 del mismo día, tampoco.



Y menos mal que soy precavido y voy guardando los mensajes publicados en el foro, si no, no se los hubiera podido mostrar en esta entrada porque, para rematar la faena, al día siguiente pude comprobar que los habían borrado todos. Y no sólo eso, sino que también me han expulsado del foro. Si ya me decía mi abuela que en este país la sinceridad no se soporta. Primero te animan a decir lo que piensas, y hasta te lo agradecen porque, dicen, les ayuda a mejorar. Y cuando no les gusta lo que leen, te cortan el pescuezo sin contemplaciones. Y claro, se queda uno como pollo sin cabeza, correteando y poniéndolo todo perdido de sangre.





Les puedo asegurar, palabrita del niño Jesús, que no he intervenido en hilos de otros usuarios, ni generando ni sin generar polémica. Tampoco he duplicado post ni soy consciente de haber incumplido reiteradamente las normas del foro, salvo que se refieran al par de palabrillas que han censurado con los bleep, pero claro, no existe un diccionario de palabras prohibidas a disposición del usuario ni se imagina uno que van a ser tan tiquismiquis. Y lo de comentarios inapropiados, pues no sé, júzguenlo ustedes mismos en su contexto.

Pero ya habrán imaginado que no acaba ahí la cosa.

Continuará...


viernes, 4 de agosto de 2017

Los zotes del azote o cómo ser tonto y esforzarse en parecerlo

Resulta que el Grupo Parlamentario de Unidos Podemos ha enviado una carta al Ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital, el señor Nadal, en la que solicita, entre otras cosas, que la composición de la "Comisión de Expertos sobre escenarios de transición energética" sea paritaria. Ellos mismos la han colgado en Twitter.

Al parecer, todos los grupos parlamentarios, CCOO, UGT y CEOE han propuesto a hombres para representarles en la citada Comisión. Incluido Unidos Podemos, autores de la carta en la que reclama una paridad a la que ellos mismos no contribuyen. Ellos designaron a un hombre, supongo que porque consideraron que era la persona mejor preparada de su organización para ese cometido. Imagino que los demás hicieron lo mismo. 

No me negarán que la cosa tendría su gracia si no fuera porque ilustra bien a las claras las miserias del asunto éste de la paridad. Los mayores defensores de la paridad en todas las instituciones, públicas y privadas, eligen a un hombre. No sabemos si lo hicieron porque era el mejor o porque querían enchufarlo. Como argumentan implícitamente en la carta que eligieron a un hombre porque no sabían que los demás habían elegido también a hombres, cabría concluir que, de haberlo sabido, habrían elegido a una mujer. Y de ahí se deduciría necesariamente que si al hombre lo eligieron porque era el mejor, la paridad provocaría un empeoramiento de la eficacia de la Comisión, en definitiva, de las instituciones u organizaciones. Claro, que si lo eligieron para enchufarlo, a lo mejor la paridad provocaría una mejora de esa eficacia, pero dejaría al descubierto otras miserias de la política a las que hasta estos castos y puros representantes del pueblo también habrían sucumbido

En cualquiera de los supuestos, la carta deja al grupo parlamentario Unidos Podemos absolutamente retratados. Una vez más.

miércoles, 2 de agosto de 2017

Del señor Bermejo y otras ignorancias

Resulta que vuelve el señor Bermejo por sus fueros. Se ve que por más que intentamos algunos hacerle ver que sus conocimientos estadísticos y matemáticos no superarían un examen de la ESO, su obsesión por criticar al gobierno -que, por cierto, tiene muchísimo de criticable-, le ciega.

En su artículo de hoy afirma que Rajoy vuelve a mentir porque la EPA demuestra que se ha destruido empleo. Y ello mientras afirma simultáneamente en el artículo que la EPA está manipulada, lo cual no le impide sustentar sobre ella su conclusión. 

Pero vayamos por partes. Comienza con un ejemplo de esos que él suele usar para ilustrarnos.

"Sara, para el INE pasa a formar parte de los “inactivos”, cuando lo cierto y verdad es que es una “parada”. Si a Ernesto le hubieran dicho que aplicara la normativa europea, entonces Sara engrosaría el número de parados, y la tasa de paro del 17,22% que ha presentado el gobierno realmente sería del 28%, mucho más cercana a la del último informe del Banco Central Europeo".

Apliquemos la normativa europea para definir a un parado. ¡Vaya, la definición es la misma! Como no podía ser de otra manera porque la EPA sigue la metodología de Eurostat, que recoge todas las EPA de la UE con la misma metodología para que sean comparables.

Sigue con un párrafo verdaderamente espectacular.

"Según los datos de la EPA del 2T, en un año los inactivos han subido en 271.000 personas y desde el 2T de 2012 los inactivos han crecido en 567.000 personas. Además, en el último año los activos se han reducido en 148.000 personas y desde el 2T de 2012 se han reducido en 762.000 personas.

La conclusión que se podría obtener es que han desaparecido del cómputo 419.000 personas en un año y 1.329.000 en cinco años, entre subida de inactivos y bajada de activos
".

Aquí se supera el señor Bermejo. Suma el aumento de inactivos y el descenso de activos para concluir que ha desaparecido del cómputo -¿de qué cómputo, por cierto? ¿del de activos? ¿del de parados?-, el resultado de esa suma. Es como sumar churras con merinas. Con un ejemplo, de esos que usa Bermejo para simplificarnos conceptos complejos que él domina perfectamente, lo verán ustedes más claro. Supongamos un mercado laboral con 10 personas activas en el que, durante el trimestre de referencia, ha fallecido una y se han jubilado dos. Es decir, los inactivos han crecido en 2 personas, los dos jubilados, y los activos se han reducido en 3 personas, los dos jubilados y el fallecido. Según las cuentas de Bermejo, habrían desaparecido del cómputo 5 personas, la suma de la subida de inactivos (2) y la bajada de activos (3). Pero es evidente que no han desparecido del cómputo 5 personas. Es lo que suele suceder cuando no se tiene ni idea de lo que se está hablando, pero se dedica uno a intentar ilustrar al personal de manera interesada y torpe.

Continúa Bermejo intentando demostrar por otro camino que se ha destruido empleo. Como viniéndose arriba y recreándose en la suerte.

"Nos encontramos que en el 2T de 2016 había 620 millones de horas semanales y en 2T de 2017 ha habido… 613 millones de horas semanales.

Un momento ¡No puede ser! Eso quiere decir que… ¡Se ha destruido empleo respecto a hace un año!
"

En el siguiente gráfico se muestra la evolución del número total de horas trabajadas desde que Rajoy comenzó a gobernar. Resulta llamativo que sólo exista un dato de toda la serie que demuestre la tesis de Bermejo, el del 2T de 2016, y que sea precisamente ése el mostrado por él. Seguramente no sabe o no quiere saber lo que es la estacionalidad ni lo que es una línea de tendencia, que muestra con absoluta claridad en el gráfico, sobre todo tras la reforma laboral del 2T de 2012, la evolución ascendente del número total de horas semanales. No es sorprendente su ignorancia tras comprobar cómo suma el aumento de inactivos y el descenso de activos para preguntarse a continuación dónde están las personas desaparecidas, como un mal mago de feria. Y por cierto, comete también un error de referencia temporal cuando dice "...respecto a hace un año". Entre los datos de la EPA del 2T de 2016 y los del 2T de 2017 no ha transcurrido un año, sino quince meses, cinco trimestres completos. Si realmente quiere analizar lo sucedido en el último año debe comparar la última EPA con la del 3T de 2016, cuatro trimestres completos.


Fuente: EPA


Pero lleguemos más lejos y hagamos las cuentas bien para comprobar si, tomando como referencia las horas de trabajo semanales, se ha destruido o no empleo en los últimos doce meses, como concluye Bermejo. Parece evidente que para averiguarlo no se pueden comparar las horas semanales trabajadas de un trimestre con las de otro trimestre, sino que habrá que comparar las horas totales trabajadas en los últimos doce meses respecto de los doce meses anteriores. Y es que una golondrina no hace verano. ¿Cuál es el resultado de ese ejercicio? Pues asumiendo para simplificar que cada trimestre tiene 13 semanas, resulta que entre el 3T de 2016 y el 2T de 2017 -los últimos 12 meses-, se han trabajado 30.902 millones de horas y en los doce meses anteriores 30.654 millones de horas, es decir, 248 millones de horas más. Luego, en el último año no sólo no se ha destruido empleo en términos de horas totales, sino que se ha creado.

Y para terminar, aunque resulta obvio que él ya tiene las respuestas precocinadas de antemano, hace una serie de preguntas retóricas y una invitación al lector para indigar sobre ellas.

"Vamos un poco más allá ¿Es posible crecer al 3% y destruir empleo? Esto ya tiene menos explicación, salvo que alguna de las cifras del INE no sea correcta. ¿La del PIB quizás? ¿La de la EPA? Animo a los lectores a indagar en ello".

Pues claro que es posible crecer al 3% y destruir empleo, aunque ése no sea el caso de España, como ha quedado demostrado. Y es posible, por ejemplo, aumentando la productividad del factor trabajo o sustituyendo mano de obra por capital, o una combinación de ambas, que es lo más habitual. En cuanto a si la cifra del PIB es o no correcta, yo no lo sé. No tengo la osadía de Bermejo que, con tan pocos mimbres intelectuales, se dedica a cuestionar los datos oficiales, como ha hecho en otras ocasiones. Por ejemplo, aquí o aquí.


sábado, 29 de julio de 2017

Invita la casa. Hoy: las trampas de la desigualdad

"Los datos sobre la distribución personal de la renta y de la riqueza de cualquier sociedad deberían publicarse acompañados de la advertencia "producto altamente inflamable, manéjese con cuidado y solo por entendidos en la materia"".

Así empieza un interesante artículo sobre la distribución de la renta y sus desigualdades. Un artículo que dice, además, cosas como las que siguen.

"El ámbito de actuación más eficaz para luchar contra la pobreza y la exclusión reside casi siempre, así sucede ciertamente en España, mucho más en las instituciones laborales y educativas que en el sistema tributario".

"En el fondo del debate sobre la cuestión distributiva anidan dos posiciones ideológicas contrapuestas: la de quienes quieren reducir la riqueza y la de quienes quieren reducir la pobreza. Esto es, la de quienes quieren reducir todo lo posible el número de ricos y la de quienes quieren reducir todo lo posible el número de pobres. La de quienes creen que la riqueza de unos pocos es la causa de la pobreza de muchos y la de quienes piensan que estos muchos serían aún más pobres sin la riqueza de esos pocos. El nivel de vida de una sociedad tiende a ser tanto más bajo cuanto más influya la primera filosofía en la configuración de la política económica".

Por supuesto, pueden leerlo entero aquí. Si quieren, claro.


domingo, 23 de julio de 2017

De misandrias y miserias

A Lidia Falcón ya la he escuchado en otras ocasiones. La última, pontificando sobre la aberración que supone regular el asunto ése de los vientres de alquiler porque, según ella, eso hay que prohibirlo directamente. Como a ella le parece mal, ninguna mujer en ninguna circunstancia puede decidir prestarse a gestar una criatura de otros. Y punto. No hay más que hablar.

Ahora se ha superado en un artículo en el que critica el borrador del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Empieza diciendo, tras admitir que no se ha leído las 70 u 80 páginas del documento -porque a su edad no se lo merece...-, que es ilegible. Empezamos bien. Reconozco que yo tampoco lo he leído. Y por eso no se me ocurre criticarlo.

Y después de una soflama panfletaria, en la que afirma que "el Estado que tenemos abandona a los más desgraciados y entrega nuestro dinero a la OTAN, al Ejército, a los bancos, a la Iglesia católica, a las grandes corporaciones que significan “el mercado” y a las Casas Reales..." y que "bajo una maraña de legalismos y constitucionalismos los que montaron este supuesto Estado de Derecho han convertido la democracia en una construcción hueca dentro de la cual sólo se encuentran los privilegios de los ricos", viene la traca final. Espectacular, como verán a continuación.

Dice la buena señora que "disponer de una ley que obligue al acusado a demostrar su inocencia [la del hombre] y exonere a la víctima de aportar las pruebas, que ordene la detención y prisión de los maltratadores y los obligue a cumplir íntegras las penas, no cuesta dinero, no pone en dificultades al Capitalismo y apenas le da una patada al Patriarcado".

No me digan que reclamar un Estado de Derecho auténtico y no la mierda que, según ella, tenemos y cargarse en el siguiente párrafo la presunción de inocencia -sólo para los hombres, faltaría más-, no es todo un espectáculo. Triste, pero espectáculo. Y si quien lo hace es además jurista, sólo se me ocurre pensar que tenga algún tipo de problema con los hombres, por el simple hecho de serlo, que le nuble la razón. Por ser generoso.

Y para rematar, termina diciendo que no volverá a aconsejar a sus clientas que presenten denuncias ante las autoridades competentes, sino que se compren una pistola.


jueves, 20 de julio de 2017

Psicoanalizando el neoliberalismo... ¡Toma ya!

Leía el otro día un artículo en el que, si no entendí mal, se hablaba del psicoanálisis como instrumento para explicar y combatir aquellas decisiones de la colectividad que ponen en peligro la propia democracia y el Estado de Derecho. Al parecer, todo se fraguó a raíz de las últimas elecciones presidenciales francesas ante la posibilidad de que Marine Le Pen pudiera gobernar. Desde luego, el asunto invita a la reflexión. El psicoanálisis para alertar de los actos que los ciudadanos realizan contra sí mismos. El problema, como siempre que se reflexiona sobre estas cuestiones, estriba en quién decide lo que es conveniente o no que el ciudadano decida. O piense. O diga.

Pero no era sobre el psicoanálisis sobre lo que quería hablarles -que uno, de lo que no sabe, prefiere escuchar más que hablar-, sino del salto al vacío que da el autor del artículo cuando reprocha a ese movimiento de psicoanalistas que no incluya en su punto de mira al neoliberalismo, ese sistema que aspira a la reducción al mínimo  imprescindible del tamaño del Estado, a la ausencia absoluta de intervención del Estado en la economía, a la supremacía de lo individual frente a lo colectivo. En ese sentido afirma, por ejemplo:

"Mucho se ha escrito sobre el neoliberalismo y sus consecuencias. Las formas de explotación se han refinado hasta el extremo de hacer muy difícil la vida de los sectores menos favorecidos: precarización de los salarios y de las pensiones, ausencia crónica de trabajo, recorte de los derechos sociales, una política suicida de austeridad, pérdida de derechos laborales, endeudamiento del Estado por generaciones, sometimiento de las naciones a los designios de un poder económico no elegido democráticamente, etcétera."

Con más o menos matices, todo lo que afirma es cierto excepto la premisa mayor: que todas esas consecuencias traigan causa del neoliberalismo. Aunque sólo sea porque no existe ni un solo país donde impere tal sistema. Y desde luego, en Europa menos que en ningún otro lugar del mundo.

Es una absoluta barbaridad afirmar que el endeudamiento del Estado por generaciones es una consecuencia del neoliberalismo, pues es una contradicción en sus propios términos. ¿Cómo iba a permitir un sistema neoliberal, deseoso de que el Estado quede reducido a Defensa y Justicia, y poco más, que éste se endeude hasta las cejas para mantener además pensiones, prestaciones por desempleo, sanidad, educación, subvenciones...?

Respecto de la precarización de los salarios, resulta obvio que es una consecuencia de la tremenda crisis económica que hemos padecido. Sobre la política suicida de austeridad -al menos el autor no se ha referido al famoso austericidio, cosa que le agradezco-, sólo hay que ver la evolución del gasto público en los países europeos y el enorme endeudamiento de algunos, como España, durante la crisis para mantener e incluso aumentar el nivel de gasto.

En relación con el sometimiento de las naciones a los designios de un poder económico no elegido democráticamente, la cosa tiene su aquél. No se sabe bien si el autor recrimina que el poder económico no se haya elegido democráticamente o que las naciones estén sometidas al poder económico. Sobre lo primero, no sé qué decir porque, ¿en qué consiste un poder económico elegido democráticamente? Sobre lo segundo, suele ocurrir que uno es tanto menos libre cuanto más endeudado esté con un tercero y la solución es fácil: no endeudarse hasta el punto de llegar al sometimiento. Los gobiernos tienen otras alternativas -gastar menos, subir impuestos...-, y cuando eligen endeudarse para no perder el voto del ciudadano, ¿quién es responsable de que el Estado deudor deba cumplir los compromisos que le impone su acreedor? Pues parece claro que, en principio, quien toma esa decisión política de entre todas las disponibles y, en última instancia, del ciudadano, que amenaza con no votar a quien le recorte su bienestar o le suba los impuestos. Desde luego, no del supuesto neoliberalismo.

También habla el autor en el artículo de lo que Étienne de la Boétie llamó la servidumbre voluntaria, el sometimiento voluntario al discurso del amo -referido a un contexto histórico y político radicalmente distinto-, asimilándolo a un actual sometimiento voluntario del ciudadano a la lógica de un neoliberalismo que, como resulta evidente, ni está ni se le espera y que, de existir en un contexto democrático, muy poco tendría que ver con aquella servidumbe voluntaria de la que hablaba La Boétie. Un sometimiento que, en su caso, de ser realmente voluntario, ¿por qué no debiera ser aceptable y aceptado? Salvo que lo que el autor pretenda plantear es que esa voluntariedad sea sólo aparente, que el individuo no posee libre albedrío. Que cuando decide gastarse 30 o 40 euros al mes en un móvil y en la televisión por cable en lugar de, por ejemplo, ahorrarlos para imprevistos futuros, está siendo una pobre víctima del consumismo sin posibilidad de tomar decisiones alternativas. Pero admitir tal cosa no es más que una manera de infantilizar al individuo y, por extensión, a la sociedad. Es tanto como romper el imprescindible nexo que debe existir entre la libertad individual y la asunción de la responsabilidad derivada de su uso.


domingo, 16 de julio de 2017

¡Si me dejan el BOE veinticuatro horas arreglo esto de los salarios bajos, ahí va la hostia pues...!

Siempre que veo aparecer al economista José Carlos Díez en televisión, me preparo para contar las veces que aporta datos erróneos o hace análisis huérfanos de rigor. Es divertido. No sé si es que con el directo se calienta y se viene arriba o si es que tiene tan asumidos los mantras de su partido, que ni se ha molestado en comprobar su veracidad. Anoche en la Sexta dejó unas cuantas perlas. Para no aburrirles sólo voy a comentar un par de ellas.

Así, cuando una tertuliana le preguntó por las medidas que se podrían adoptar desde el gobierno para subir los salarios, respondió que es muy sencillo, que si le dejan el BOE veinticuatro horas, cambiaba la cláusula de descuelgue que, según él, permite obviar el convenio sin ninguna condicionalidad. Antes de haber afirmado tal barbaridad y dejarse llevar por ese mantra tan manoseado, podría haber echado un vistazo a eso que él llama cláusula, y que está muy bien explicado en el art. 82.3 del Estatuto de los trabajadores. 

Para empezar, sólo puede producirse un descuelgue "cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción". Y para seguir, ese descuelgue requiere "acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores legitimados para negociar un convenio colectivo". Si ése es el concepto que este economista tiene de "ninguna condicionalidad" debería hacérselo mirar.

También afirmó que con esa reforma laboral, en 2012 y 2013 se destruyeron un millón de empleos. Pero eso no es lo que dice la EPA, que en el 2º trimestre de 2012 -cuando teóricamente se podía aplicar la reforma-, arrojaba 17.758.000 de ocupados y en el 4º trimestre de 2013 contabilizaba 17.135.000, lo que significa que en ese periodo se destruyeron 623.000 empleos y no un millón. 

No existen datos que confirmen que esa destrucción de empleo se debiera a la reforma laboral, sobre todo teniendo en cuenta que el ritmo de destrucción en los 24 meses anteriores a la misma fue, esta vez sí, de un millón de empleos y que, tras la reforma -aunque no necesariamente debido a ella-, el ritmo de destrucción se desaceleró. Si el señor Díez dispone de algún estudio que correlacione de forma clara esa destrucción de empleo con la reforma laboral, estaría encantando de conocerlo. Porque puestos a elucubrar, también podríamos afirmar que el millón y pico de puestos de trabajo creados desde el 4º trimestre de 2013 hasta el 1º trimestre de 2017 han sido debidos a la reforma laboral. Yo, desde luego, no me atreveré a tanto.


sábado, 15 de julio de 2017

Impresentable, pero no imbécil

Resulta que Trump se ha mosqueado y quiere poner aranceles a la importación de aceituna negra española. Dice que las ayudas europeas a sus agricultores permiten exportar este producto a EEUU a precios por debajo de mercado.

Los exportadores españoles de aceitunas de mesa dicen que eso cómo va a ser. Que eso es mentira y que lo que ocurre es que las empresas españolas son muy eficientes y competitivas. Que están preparando la defensa con el Gobierno español, la Comisión Europea y sus abogados para probar que las acusaciones son falsas. Debe ser que es tan mentira, que necesitan al Gobierno y a la UE para defenderse.

Dicen también que las acusaciones de Estados Unidos son muy difíciles de demostrar porque no existen ayudas directas a un sector en concreto y que la medida responde a un criterio proteccionista en línea con las políticas de Trump. No como la UE, que no es nada proteccionista. Ni como el presidente de ASAJA, que se define como un liberal que cree en el mercado. Ni como nuestros agricultores que, ofendidos, retiraron rápidamente la mano cuando les pretendieron dar más de 1.151 millones de euros sólo en Andalucía en la campaña de 2016.

En fin, que no está bien eso de hacerse el ofendido cuando el vecino pretende defenderse con parecidas armas a las que uno usa para atacarle. Que Trump es un impresentable, pero no es imbécil y, de momento, parece que a sumar dos y dos llega.