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lunes, 20 de agosto de 2018

Fíjense, fíjense...

¿Recuerdan ustedes lo que decíamos por aquí hace ya casi tres años sobre los peligros de la Ley de Seguridad Ciudadana, vulgarmente conocida como ley mordaza?

Pues fíjense cómo será la cosa que ahora, hasta quienes en su día se opusieron a ella por tener claros tintes liberticidas y facilitar el abuso del poder ejecutivo sin control judicial, la utilizan ahora para sancionar a quienes retiran los lacitos amarillos o las banderas independentistas de monumentos y vías públicas, demostración práctica de que tenían razón: la ley mordaza es liberticida y crea incentivos para el abuso del poder ejecutivo.

Y fíjense también en que quienes la promulgaron -el PP en pleno y UPN, con el resto del Congreso en contra salvo una abstención del PSOE-, están ahora que trinan porque las cañas se les volvieron lanzas, justo ahora que han perdido el poder.

Fíjense, fíjense, qué fijación tienen con las libertades ciudadanas. Los unos y los otros. Y lo que pasa por jugar con las cosas de comer.


miércoles, 1 de julio de 2015

Si un político puede abusar, abusará.

Hay quienes están en contra de la nueva ley de seguridad ciudadana porque entienden que evitar un desahucio -que consiste en impedir la ejecución de una resolución judicial y pisotear los derechos de otro conciudadano, el propietario del inmueble-, o cortar una calle impidiendo la libre circulación de personas, o plantarse a las puertas de la casa del político de turno, coaccionando con insultos y amenazas a él y a su familia, es libertad de expresión. Y quienes entienden eso, apellidan la nueva ley de ley mordaza.

Uno, que es bastante radical en el entendimiento de las libertades en general, y de la libertad de expresión en particular, considera que tales comportamientos están muy alejados del ejercicio del derecho a la libertad individual. Y que deben ser prohibidos y, por ende, castigados.

Dicho esto, comparto el apellido mordaza para esta ley. Pero por razones distintas, como ya adelanté en su día. El Derecho administrativo, escenario jurisdiccional en el que se mueve esta ley, es el menos garantista. Y la potestad sancionadora de la Administración Pública, que actúa siempre como juez y parte, de las más humillantes para el ciudadano. Este poder, teóricamente sometido a la tutela judicial del contencioso-administrativo, pero sólo teóricamente, es una fuente natural de abusos del poder político que, en este ámbito, está encantado de concentrar, no sólo de hecho, sino también de Derecho, los tres poderes del Estado.

Y la experiencia nos dice que si un político puede abusar, abusará.


domingo, 1 de diciembre de 2013

¿Juez y parte? No, gracias...

De la nueva Ley de Seguridad Ciudadana, que de momento es sólo anteproyecto, hay algunas cosas que me parecen razonables y otras que adolecen de un claro sesgo totalitario y liberticida.

No creo que muchos estén en desacuerdo con sancionar las manifestaciones prohibidas en lugares considerados infraestructuras críticas; o la provocación de incendios en la vía pública cuando representen un peligro para las personas o bienes; o las acciones y omisiones que obstaculicen gravemente la actuación de los servicios de emergencia en el desempeño de sus funciones; o la prostitución en las proximidades de lugares destinados a su uso por menores.

Con lo que a uno ya le cuesta estar de acuerdo es con que se deban sancionar las ofensas a España, a las Comunidades Autónomas y Entidades Locales o a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas; o las manifestaciones públicas, escritas o verbales, efectuadas a través de cualquier medio de difusión, así como el uso de banderas, símbolos o emblemas con la finalidad de incitar a comportamientos de alteración de la seguridad ciudadana, violentos, delictivos.

Tampoco parece de muy demócrata eso de ser juez y parte, de penalizar por vía administrativa cuestiones que ya se despenalizaron por vía jurisdiccional, y añadir otras que ni siquiera estuvieron nunca tipificadas.

Sí, ya sé que ante una sanción de este tipo queda abierto el camino, primero del recurso administrativo, y después del contencioso, pero también sé que los desproporcionados privilegios de los que goza la administración respecto de sus actos -ejecutoriedad sin necesidad de intervención judicial o brevísimos plazos de prescripción para acceder a la vía jurisdiccional-, y las limitadas garantías reales de los ciudadanos frente a ellos, han sido siempre una fuente de abusos, máxime cuando, como en este caso, se trata de sancionar en muchos de los supuestos, comportamientos con una alta carga de subjetividad en su apreciación.

En fin, que este anteproyecto de ley deja una cierta sensación agridulce a quienes creemos que la libertad individual es un bien preciado y escaso.