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sábado, 22 de agosto de 2026

Y el culpable estaba en el espejo...

Leo a Benito Arruñada decir en La culpa es nuestra que la culpa es nuestra, valga la redundancia, y muchos se habrán llevado un disgusto porque llevan toda la vida acomodados en la mullida conciencia de que la culpa siempre es de otros. De Sánchez, de Feijóo, de Ayuso, de los independentistas, de los comunistas, de los fachas, de Bruselas, de los sindicatos, de los empresarios, de los bancos, de los fondos buitre, de los mercados, del vecino que vota mal...

Dependiendo de la urna en la que cada uno coloque la papeleta cambia el culpable, pero se mantiene intacto el mecanismo: la culpa siempre es de otro. Es un sistema cojonudo. Hasta que llega Arruñada y te fastidia la sobremesa, porque el hombre viene a decir algo bastante incómodo, a saber, que a lo mejor los políticos que tenemos no han aparecido por generación espontánea en un laboratorio secreto situado debajo del Congreso de los Diputados, que quizá llevan décadas observándonos, estudiándonos y aprendiendo qué tienen que decir para que les votemos, que hacer, ya harán lo que les venga bien a ellos.

El artículo de Arruñada me ha recordado que su tesis central ya andaba pululando por esta taberna desde hace muchos años, lo que me permite, con vuestro permiso, usar ese artículo como excusa para hacer un breve recorrido por algunas de las entradas que, directa o indirectamente, apoyan esa tesis.

Hace ya unos cuantos años escribí por estos lares, hablando de la calidad de nuestros representantes en De cuando da igual ocho que ochenta, que a los que estaban allí los habíamos puesto nosotros y que, probablemente, se comportaban así porque consideraban -parece, visto lo visto, que con razón-, que comportarse así les proporcionaba votos. 

Pensemos por un momento en un político medio(cre). Quiere ganar unas elecciones, algo que no debería sorprendernos. Del mismo modo que el panadero quiere vender pan, el abogado quiere clientes y el dueño de un bar pretende que usted se tome la segunda copa allí y no en el establecimiento de enfrente, un político quiere votos. Luego podremos envolverlo en vocación de servicio público, compromiso con la sociedad y toneladas de celofán democrático, pero, si no consigue votos, su vocación de servicio público dura exactamente hasta las ocho de la tarde del domingo electoral. Por tanto, observa a su público objetivo y descubre cosas.

Descubre, por ejemplo, que nos gustan mucho los servicios públicos, pero no tanto pagarlos. Queremos mejores hospitales, más médicos, más profesores, mejores colegios, universidades excelentes, trenes baratos, vivienda asequible, dependencia, guarderías, muchos permisos retribuidos en el curro, carreteras, pensiones generosas, subvenciones para el coche eléctrico, ayudas para rehabilitar la casa y, si puede ser, un bono para irnos de vacaciones. Perfecto. Luego llega alguien y dice que para pagar todo eso habrá que recaudar más impuestos. Y entonces nos indignamos. ¡Hombre, tampoco hay que ponerse así! 

Hace bastante más de una década, en De panes, peces, multiplicadores... y pisos, ya hablábamos de esa extraordinaria facilidad para ver lo que el gasto público crea y olvidarnos de todo lo que deja de hacerse con el dinero que previamente ha tenido que salir del bolsillo de alguien. El dinero público sigue teniendo para muchos esa maravillosa peculiaridad de no ser de nadie hasta que Hacienda decide que sea suyo.

También queremos que las pensiones suban siempre. ¿Quién va a estar en contra de que nuestros mayores cobren más? Un desalmado. Ahora pregunte usted quién quiere retrasar la edad de jubilación, aumentar cotizaciones, reducir prestaciones futuras o introducir mecanismos automáticos para garantizar que dentro de treinta años salgan las cuentas. De pronto se hace un silencio incómodo e incluso ruidoso. Porque la sostenibilidad del sistema de pensiones nos preocupa muchísimo. Pero mañana. Ya saben, aquella frase, genial e intemporal, que se escribía con tiza indeleble en la pizarra de las tabernas, debajo de las tapitas del día, de que "hoy no se fía, mañana sí".

En Indignante indignación escribía sobre aquella señora que había cotizado durante muchísimos años y cuya pensión no llegaba a mil euros. Todo el mundo estaba indignadísimo. El pequeño detalle de que en un sistema de reparto la pensión no depende simplemente del número de años cotizados sino también de las bases por las que se cotizó parecía una grosería matemática que venía a estropear una preciosa historia de buenos y malos. Y para qué vamos a dejar que los números nos arruinen una indignación. Eso sería de una falta de sensibilidad tremenda. 

Aunque tampoco era nuevo. Ya en Salvo que nos salgan rojas, rojas... hablábamos de esa indignación selectiva que consiste, en esencia, en defender con entusiasmo determinados derechos mientras se procura mirar hacia otro lado cuando alguien pregunta quién los paga o qué factura estamos dejando a quienes vienen detrás.

Con la vivienda hacemos algo parecido. Queremos alquileres baratos. Naturalmente. Pero no queremos que se construya demasiado porque hay que proteger el territorio. No queremos pisos turísticos. No queremos grandes tenedores. No queremos pequeños propietarios especulando. No queremos fondos de inversión. No queremos edificios altos. No queremos recalificaciones. No queremos que suba el precio. Y, a ser posible, queremos que aparezcan cien mil viviendas en el centro de Madrid, Barcelona, Sevilla o Málaga a setecientos euros al mes mediante algún fenómeno todavía pendiente de descubrir. Después, si los precios suben, exigimos al político que haga algo. Y el político hace algo: aprueba una ley y la publica en el BOE. Porque aprobar leyes sale mucho más barato que construir casas. La ley no resuelve el problema, pero el día de su presentación hay rueda de prensa, ministros, logotipos, un eslogan estupendo y periodistas preguntando cuánto va a bajar el alquiler. Dos años después hay menos oferta. Pero para entonces estamos indignados con otra cosa. Negocio redondo.

No se confundan. Esto no consiste en sostener que los políticos son pobres criaturas inocentes obligadas por una ciudadanía perversa a delinquir, mentir, colocar cuñados o gastarse el dinero público como si no hubiera un pasado. No. Responsabilidad tienen. Y mucha. Pero resulta extraordinariamente confortable asumir que el político es esa especie zoológica que nace corrupta, irresponsable y cortoplacista mientras el ciudadano permanece abajo, puro y virginal, soportando estoicamente sus tropelías. A lo mejor es un poco más complicado. Porque el político promete lo que descubre que funciona. Y nosotros llevamos décadas enseñándoles lo que funciona. Prometa una reforma que genere beneficios dentro de diez años, pero obligue a hacer sacrificios mañana. Luego prometa exactamente lo contrario: una paga inmediata cuyo coste se cargará a deuda. Adivinen quién gana. No hace falta ser politólogo. Ni economista. Ni siquiera haber terminado la ESO. Algo parecido ocurría en De subsidios y otros fracasos, cuando hablábamos de políticas que sobreviven no necesariamente porque resuelvan los problemas, sino porque resulta políticamente mucho más agradecido repartir dinero para paliar sus consecuencias que enfrentarse a sus causas.

Y tenemos otra habilidad fascinante: somos muy generosos con el dinero de los demás. La subvención que recibe otro es despilfarro. La nuestra es política estratégica. El funcionario que no necesitamos es gasto público. El que atiende nuestra ventanilla es un servicio esencial. La ayuda a otro sector distorsiona el mercado. La ayuda al nuestro protege el empleo. La deducción fiscal que beneficia al vecino es un privilegio. La que aparece en nuestra declaración de la renta es de justicia. El impuesto que paga otro sirve para financiar el Estado del bienestar. El que pagamos nosotros es confiscatorio. Somos liberales con las subvenciones ajenas y socialdemócratas con las propias. Una ideología muy extendida. 

En el fondo no es tan distinta de aquella idea que recogía en Contra el consumidor irresponsable. Nos encanta ejercer la libertad, reclamar derechos y tomar decisiones, pero tenemos cierta tendencia a considerar que la parte del paquete en la que vienen las consecuencias debería entregarse en el domicilio de otro.

Y luego están los nuestros. ¡Ah, los nuestros! Ese prodigio moral mediante el cual un comportamiento insoportable cuando lo protagoniza el adversario se vuelve comprensible, matizable e incluso necesario cuando lo practica uno de los nuestros. Si el otro coloca a un amigo, nepotismo. Si lo hace el nuestro, persona de confianza. Si el otro pacta, traición. Si pacta el nuestro, responsabilidad institucional. Si el otro cambia de opinión, mentira. Si cambia el nuestro, adaptación a las circunstancias. Si el otro insulta, crispación. Si el nuestro llama fascista, comunista, golpista o hijo de puta al contrario, estaba respondiendo a una provocación. 

Después nos preguntamos por qué la política se ha convertido en un espectáculo para hooligans... Pues porque compramos entradas. Y bufandas. Y algunas hasta vienen con el cerebro de regalo para que no tengamos que usar el nuestro. En Democracia de ofendiditos ya decía que ese sectarismo necesita público, porque el político podrá ser muchas cosas, pero normalmente no es tan estúpido como para seguir utilizando una estrategia que le hace perder votos. Si continúa haciéndolo es porque al otro lado hay una grada que ruge encantada.

Arruñada apunta además hacia otro lugar particularmente doloroso: informarse cuesta. Cuesta tiempo. Cuesta esfuerzo. Y tiene un inconveniente terrible: que a veces descubres que estabas equivocado. Mucho más cómodo, ¡dónde va a parar!, es leer el titular que confirma lo que ya pensabas, compartirlo inmediatamente y disfrutar de ese pequeño orgasmo intelectual consistente en comprobar que el mundo vuelve a darnos la razón. Lo hacemos todos. Servidor incluido. La diferencia es que algunos sabemos -disculpen la inmodestia-, que tenemos ese defecto e intentamos combatirlo, y otros lo han convertido en una forma de vida. En Borja ¿héroe o villano? ya me quejaba precisamente de eso: formarse una opinión exige leer, preguntar, contrastar y, sobre todo, exponerse a la desagradable posibilidad de descubrir que la historia que nos habían contado -o que nosotros queríamos creer-, no era exactamente como parecía. Porque buscar argumentos contrarios a los nuestros es agotador. Puede ocurrir incluso que encontremos uno bueno. ¡Imagínense el drama!

Por eso funcionan tan bien los mensajes simples. 

¡Que paguen los ricos! Fantástico. ¿Cuánto? ¿Quién es rico? ¿Cuánto se recauda? ¿Qué comportamiento cambia cuando subimos ese impuesto? Aburrido. 

¡Hay que bajar impuestos! Fenomenal. ¿Cuáles? ¿Cuánto dejamos de recaudar? ¿Qué gasto reducimos? Pesadísimo. 

Mucho mejor el eslogan. Cabe en Twitter -disculpen que, por hache o por be, no lo llame equis-, no necesita calculadora y permite insultar al contrario antes de la cena. La política moderna ha entendido perfectamente el producto que demandamos. No nos entrega soluciones, nos entrega relatos. Y nosotros los compramos encantados siempre que sean los nuestros.

Quizá por eso llevamos tantos años diciendo que nuestros políticos son malísimos y votando aproximadamente a los mismos partidos. Es un fenómeno digno de estudio. El restaurante es una mierda. El camarero nos trata fatal. La comida llega fría. Hay cucarachas correteando junto a la barra. Nos cobran de más. Y cada cuatro años reservamos mesa otra vez. Después ponemos una reseña: «Pésimo. No volveré jamás». Cuatro estrellas.

Pero hay una conclusión todavía más desagradable. Si los políticos descubrieran mañana que mentir hace perder elecciones, mentirían menos. Si descubrieran que disparar el déficit sin ton ni son resta votos, tendríamos menos déficit. Si comprobaran que colocar incompetentes tiene un coste electoral, empezarían a buscar gente competente. Si supieran que el sectarismo espanta a sus electores, recuperarían la moderación antes de que terminara el telediario. No porque se hubieran convertido súbitamente en mejores personas, sino porque querrían seguir allí. Y eso es precisamente lo inquietante, que quizá no sean ellos quienes necesiten cambiar primero.

Naturalmente, es mucho más agradable pensar que el problema está en Moncloa, en Génova, en Ferraz, en Waterloo, en Bruselas o donde a cada cual le venga mejor colocarlo. Así podemos seguir siendo víctimas. Y las víctimas no tienen responsabilidades, las víctimas sólo tienen derechos. Pero resulta que una democracia no debería funcionar con víctimas, sino con ciudadanos. Y un ciudadano adulto tiene una desagradable obligación que no suele figurar en los programas electorales: hacerse responsable de las consecuencias de lo que pide. También cuando vota. También cuando exige. También cuando protesta. Y, sobre todo, cuando alguien le promete que va a darle algo gratis. Porque gratis no hay casi nada. Lo único verdaderamente gratuito suele ser la promesa. La factura llega después.

Así que quizá Arruñada tenga razón. Quizá la culpa sea nuestra. No toda, claro, tranquilos. Todavía podemos reservar una parte considerable para ministros, diputados, senadores, asesores, tertulianos y demás fauna autóctona, que tampoco hay necesidad de exagerar. Pero una parte nada desdeñable es nuestra. Mía. Suya. Del vecino. Del jubilado que quiere que le suban la pensión, pero no quiere oír hablar de sostenibilidad. Del empresario que denuncia las subvenciones, hasta que publican una para su sector. Del trabajador que quiere mejores servicios, pero exige que le bajen el IRPF. Del propietario que quiere que su piso valga mucho y se indigna porque los jóvenes no pueden comprar vivienda. Del joven que exige alquileres baratos y se opone a que construyan un edificio delante porque le quita las vistas. De quien pide más Estado y menos impuestos. De quien pide menos Estado y protesta en cuanto le cierran el ambulatorio. De todos.

Una auténtica faena. Porque si la culpa fuera exclusivamente de ellos, la solución sería sencilla: cambiar a los políticos. Pero si también es nuestra, habrá que hacer algo muchísimo más complicado, cansado y doloroso: cambiar nosotros. 

Ser intelectualmente más honestos y entrenar todos los días el pensamiento crítico. Informarnos antes de indignarnos. Contrastar antes de compartir. Desconfiar especialmente de aquello que confirma exactamente lo que ya pensábamos. Exigir a los nuestros, como mínimo, lo mismo que exigimos a los otros. Aceptar que no hay derechos sin costes, políticas públicas sin renuncias, ni promesas gratis. Y, sobre todo, votar, no como quien elige una camiseta de fútbol, sino como quien sabe que después tendrá que pagar la cuenta, en efectivo o en carne. 

Una mierda de plan, vaya... ¡Con lo cómodo que era pensar que todos los inútiles del país estaban en el Congreso...!


lunes, 9 de noviembre de 2020

Campaña de desinformación contra los expertos en desinformar que pretenden atajar la desinformación

La que se ha montado con la dichosa Orden Ministerial (OM) que, según dicen, instaura una especie de Ministerio de la Verdad.

Pero no hay más que echarle un vistazo al BOE que la publicó para concluir que esa norma no permite censurar ni prohibir opiniones, ni limitar Derechos Fundamentales como la libertad de expresión, ni multar o cerrar medios de comunicación. De hecho, permitir, lo que se dice permitir, no permite limitar ni sancionar absolutamente nada.

Lo que hace es crear un procedimiento y algún que otro comité de seguimiento que lo único que pueden hacer es leer las informaciones que se publican en medios, redes sociales, blog, etc., decidir si son falsas y, a partir de ahí, intentar desmentirlas con una campaña de comunicación. Algo que podrían hacer perfectamente sin esa OM. 
Porque opinar, algo directamente relacionado con la libertad de expresión, no es desinformar. Desinformar es dar información intencionadamente manipulada al servicio de fines concretos o información insuficiente o incompleta.

De nuevo, normas vacías que no sirven para nada. Bueno sí, para conseguir una llamativa casi unanimidad de juristas, medios de comunicación, asociaciones de prensa y oposición afirmando, sin un solo argumento jurídico, que el gobierno puede hacer todas esas cosas que he dicho que no puede hacer.

Llamativa, porque resulta paradójica la campaña de desinformación llevada a cabo por todos esos actores que he mencionado contra un procedimiento que pretende combatir las campañas de desinformación sin posibilidad alguna de sancionar ni prohibir nada. Una campaña de desinformación contra un gobierno -experto en desinformar-, que quiere atajar la desinformación

Y por cierto, manda huevos que me haya tocado el papel de defender al gobierno precisamente a mí.


jueves, 29 de octubre de 2020

De cuando da igual ocho que ochenta

En circunstancias normales, con una clase política personal e intelectualmente decente, me parecería una aberración democrática que el Congreso, sede de la soberanía y del poder legislativo, renunciara durante seis meses a controlar a un poder ejecutivo que en estado de alarma tampoco puede ser controlado por el poder judicial.

Pero este país lleva muchos años en circunstancias excepcionales, con una clase política de una indigencia intelectual y moral difícil de empeorar. Por eso, no me parecería menos aberración democrática que el poder ejecutivo tuviera que mendigar cada quince días en el Congreso -o cada mes, tanto da- el voto favorable a la prórroga del estado de alarma de nacionalistas, independentistas, izquierda radical o amigos de terroristas que vendan su voto a cambio de más dinero, más competencias o más poder.

Porque quien piense que puede aportar algún tipo de garantía el control que ejerza un Congreso compuesto por los escombros de una clase política que parece haberse marchado para no volver, es un iluso.

Y en ese punto estamos. Ese punto en el que el supuesto centro de gravedad de nuestra democracia -las Cortes Generales-, es un estercolero en el que se anteponen intereses personales y partidistas a los generales, en el que el poder legislativo se mimetiza con el ejecutivo y en el que aquél renuncia a su función de control sobre éste por un puñado de monedas. Ese punto en el que no se sabe si es mejor que el Congreso no controle al gobierno o que haga el paripé de que lo controla para provecho de los mismos de siempre. Ese punto, en fin, en el que da igual ocho que ochenta.

Por cierto, a los que están ahí los hemos puesto nosotros. Y se comportan así porque piensan -y hasta ahora con razón-, que comportándose así se ganan nuestro voto. Por si a alguien se le ha olvidado.


lunes, 22 de julio de 2019

Invita la casa. Hoy: "Contra el consumidor irresponsable"

Hacía tiempo que no les invitaba a algo, así que hoy traigo a la taberna un asunto del que ya hablamos por aquí hace un par de años, pero sobre el que nunca está de más insistir. Y como lo cuenta muy bien, pues aquí les dejo la tapita. En el fondo no es más que aquello de que la libertad debe conllevar necesariamente la correlativa asunción de las consecuencias de su ejercicio. Ni más ni menos.

"Una sociedad civil fuerte requiere ciudadanos maduros, que sepan defender sus derechos, que reclamen frente a los abusos y las injusticias, pero también que no esperen que todo el mundo les defienda menos ellos mismos y, sobre todo, que asuman sus propias responsabilidades."

sábado, 6 de julio de 2019

Lo que dicen que dice el Tribunal Supremo... pero no dice

"El Supremo hace suyo el 'solo sí es sí' en la sentencia de 'la manada': el consentimiento sexual debe ser expreso", titulan en un periódico.

"‘Solo sí es sí’ y otras cuestiones que zanja el Supremo sobre La Manada", titulan en otro.

Y así, en las televisiones, en las tertulias, en las redes sociales...

Pues yo debo tener un problema de comprensión lectora porque lo que dice la sentencia respecto de ese extremo es que "en el contexto que se describe en los hechos  probados,  el  silencio  de la  víctima,  solo  se puede interpretar como una negativa".

Sensu contrario, en otro contexto distinto, el silencio se puede interpretar de distinta forma. Por tanto, el Tribunal Supremo no dice que sólo sí es sí. Es más -y esto lo digo yo-, en ciertos supuestos, hasta un sí podria ser interpretado como un no.

Quienes pretenden la simpleza de reducir el consentimiento a la manifestación expresa y visible del mismo, o tienen muy poca idea de la cuestión o, si la tienen, se están apuntando interesadamente a la ola de irracionalidad y manipulación que en los últimos años asola nuestro país.


sábado, 22 de junio de 2019

Los más demócratas del mundo

Más de un año después de la sentencia, la otra manada sigue más viva que nunca. Envalentonada diría yo. Sólo hay que echar un vistazo en redes sociales o acercarle un micrófono a algunos políticos.

Quienes creen que la sentencia del TS sólo ha sido posible gracias a la movilización del pueblo -y en concreto de las mujeres-, o que es factible y deseable expulsar de la carrera judicial a aquellos jueces que ven sus sentencias modificadas en instancias superiores, a golpe de recogida de firmas, son un claro peligro para la democracia.

Y lo que más miedo da es que se crean los más demócratas del mundo.


lunes, 20 de agosto de 2018

Fíjense, fíjense...

¿Recuerdan ustedes lo que decíamos por aquí hace ya casi tres años sobre los peligros de la Ley de Seguridad Ciudadana, vulgarmente conocida como ley mordaza?

Pues fíjense cómo será la cosa que ahora, hasta quienes en su día se opusieron a ella por tener claros tintes liberticidas y facilitar el abuso del poder ejecutivo sin control judicial, la utilizan ahora para sancionar a quienes retiran los lacitos amarillos o las banderas independentistas de monumentos y vías públicas, demostración práctica de que tenían razón: la ley mordaza es liberticida y crea incentivos para el abuso del poder ejecutivo.

Y fíjense también en que quienes la promulgaron -el PP en pleno y UPN, con el resto del Congreso en contra salvo una abstención del PSOE-, están ahora que trinan porque las cañas se les volvieron lanzas, justo ahora que han perdido el poder.

Fíjense, fíjense, qué fijación tienen con las libertades ciudadanas. Los unos y los otros. Y lo que pasa por jugar con las cosas de comer.


sábado, 2 de junio de 2018

El sueño de un iluminado con pocas luces...

Como decíamos ayer -que diría Fray Luis de León-, nada aporta la sentencia del caso Gürtel a la convicción de quienes esta semana han planteado una moción de censura para echar a Rajoy del gobierno. Y nada aporta porque, entre otras cuestiones, la sentencia no afirma que el PP, como tal partido político, haya cometido delito alguno y, por tanto, las convicciones de los censuradores siguen yendo más allá de la verdad judicial, aunque digan basarse en ella.

Es evidente que la bandera del agitprop es más eficiente con una sentencia judicial por mástil. Sobre todo porque el mensaje ya no parece tan propio e interesado, sino más ajeno y neutral, procedente de un poder independiente del Estado -el judicial-, que sólo parece serlo cuando interesa.

El problema es que la sentencia no dice lo que dicen que dice. Argumentan -haciendo suyas las palabras de la página 1.522 de la sentencia-, que si el PP no ha sido condenado penalmente es porque "los hechos son anteriores a la reforma del Código Penal operada por Ley Orgánica 5/2010 de 22 de junio, que introdujo la responsabilidad penal de las personas jurídicas, por lo que no se está dilucidando en este procedimiento una posible responsabilidad penal del Partido Popular como persona jurídica, lo que no es jurídicamente factible por la fecha de los hechos". Con ello, pretenden dar a entender que, de haber sido aplicable el actual Código Penal, el PP hubiera sido condenado penalmente.

Parémonos un momento aquí y abramos un paréntesis para aportar algunas certezas.

En primer lugar, aunque los hechos hubieran sido posteriores a junio de 2010, tampoco el PP podría haber sido enjuiciado penalmente por este -ni por ningún otro-, delito. ¿Por qué? Porque la reforma de la LO 5/2010, llevada a cabo por el PSOE, excluía expresamente de responsabilidad penal en su art. 31.bis.5 a los partidos políticos y sindicatos, y no fue hasta la reforma del Código Penal llevada a cabo por la LO 7/2012, a iniciativa del gobierno del PP, cuando se modificó dicho artículo para no excluir a partidos políticos y sindicatos de la responsabilidad penal, reforma que, por cierto, fue votada en contra por el PSOE. Los señores magistrados debieran actualizar sus conocimientos penales. Y el señor Ábalos Meco debiera acordarse de que, primero, votó a favor de excluir a los partidos políticos de la responsabilidad penal en nuestro Código Penal, y después, votó en contra de incluirlos.

En segundo lugar, aunque la ley hubiese permitido enjuiciar al PP por esos delitos, el hecho de que se le haya condenado como partícipe a título lucrativo excluiría de raíz su posible condena penal. ¿Por qué? Porque esa condena civil tiene como premisa legal inexcusable el desconocimiento por parte del condenado del hecho delictivo del que procede el lucro. Dicho en palabras de los propios magistrados -página 1.514 de la sentencia-, las notas características de esta infracción civil "son las siguientes: participación/aprovechamiento a título lucrativo, ignorancia de la comisión delictiva y valorización antijurídica y económica (SSTC 532/2000 de 30-03 y 1024/2004 de 24/09); requisitos que se dan en este caso".

De esta forma, de la sentencia -si nos creemos su verdad judicial, nos la tenemos que creer entera-, se colige que ni el PP ni ninguno de los miembros del gobierno del PP, han cometido delito alguno. De momento. Cerremos ya el paréntesis técnico-jurídico del asunto y volvamos al aspecto meramente político.

Así, a la vista de que la sentencia no corrobora el discurso en el que los censuradores se basan para querer expulsar al PP del gobierno, sólo es posible concluir que su argumento -legítimo, por otra parte-, sólo puede sustentarse en sus convicciones personales, las mismas que llevan esgrimiendo desde hace años. Y siendo que la sentencia no aporta nada nuevo -más bien al contrario, pues desmiente, de momento, la responsabilidad penal del PP-, ¿por qué se ha esperado a la sentencia para poner en marcha toda esta operación? Pues porque es más fácil convencer a la manada de que los del PP son unos delincuentes con una sentencia en la mano -aunque no diga lo que dicen que dice-, que casi nadie se va a leer y mucho menos entender, que con el mero discurso machacón de varios años que, hasta ahora, no les ha permitido ganar las elecciones.

Tampoco parece haberles funcionado, a la vista de los resultados electorales, el discurso de que el país es un desastre, que casi la mitad de sus ciudadanos viven en la pobreza y la miseria o que la pérdida de derechos nos convierte en un país tercermundista.

Así que, como la ocasión la pintan calva, la sentencia, debidamente aderezada, manipulada y puesta al servicio de un discurso al que, de momento, desmiente, ha venido a unir las voluntades de PSOE, Unidos Podemos, ERC, PDeCAT, PNV, Compromis, EH Bildu y Nueva Canarias -casi nada-, no en torno a un proyecto común de país, o de políticas sociales, o de política económica, no, sino en torno al odio común a un partido político, a la necesidad vital e irracional de desalojarlo del poder por cualquier medio.

Sin duda, el mecanismo utilizado es legal. ¿Pero es legítimo? ¿Es éticamente democrático? Y. lo que es más importante, ¿es bueno para el país? De esto último tendremos muestras empíricas en breve.

En todo caso, lo que es un hecho incontestable es que Pedro Sánchez es ya nuestro presidente. Ha llegado sin las urnas y sin siquiera ser diputado. Pero ahora, pasada la euforia y la exultante felicidad de alcanzar su sueño a cualquier costa, tiene que gobernar. Y tiene que hacerlo necesitando el apoyo constante -que no será gratuito-, de los mercenarios que componen su ejército de Pancho Villa. Mercenarios que, cumplido el único fin que los hizo camaradas de armas, se baten ya en retirada, cada uno a sus trincheras. Y esas trincheras, parece evidente, no son las de la mayoría del pueblo. Y tampoco las de los socialistas.

Esperemos que el sueño de Pedro Sánchez no le quite el sueño al ciudadano de a pie. Le deseo suerte. Aunque sólo sea por el bien de todos nosotros.


sábado, 26 de mayo de 2018

De populismo oportunista e inoportuno, valgan las redundancias

Como uno lleva pidiendo la dimisión de Rajoy desde que llegó al gobierno -y por escrito-, no debiera resultar sospechoso de sectario o parcial lo que escribiré a continuación.

Resulta que ahora, recaída la sentencia que confirma lo que todos aquellos que promueven la moción de censura o las elecciones inmediatas ya decían saber, queda plenamente justificada la una o las otras.

Si quienes nos venden la necesidad imperiosa de echar cuanto antes a Rajoy por una u otra vía ya venían asegurando con absoluta certeza, a diario y desde hace años, lo que la sentencia confirma y también lo que insinúa -por cierto, insinuar en una sentencia que Rajoy ha cometido perjurio, aunque se tenga la convicción personal de ello, dice muy poco de los magistrados-, ¿por qué dicen ahora que ha llegado el momento de tomar esta decisión? ¿qué ha cambiado, si la sentencia no les aporta más certeza de la que ya ellos mismos tenían desde hace años?

Resulta obvio el populismo oportunista e inoportuno. Y también el escaso sentido de Estado de los socialistas. O de los actuales "socios" de gobierno. No todo debiera valer para tocar el cielo del poder. Sobre todo, cuando se pretende dar una patada a Rajoy en el culo de los ciudadanos.

En fin...

martes, 1 de mayo de 2018

De jolgorios, regocijos y otras peligrosas manipulaciones

Resulta sorprendente que lo más destacado del voto particular hayan sido los términos "jolgorio y regocijo" empleados por el magistrado. Y que, además, quienes los subrayan afirmen haberse leído el voto particular.

Nada sobre, por ejemplo, la afirmación de la propia denunciante en el juicio oral de que, "a su juicio, es posible que los acusados hubieran interpretado que ella no se estaba sometiendo". 

Ni nada sobre el siguiente pasaje, sin duda llamativo: "Y existe otro detalle que hace dudar de la credibilidad de la denunciante y que no es otro que, por un lado, su preocupación sobre el perjuicio que su denuncia pudiera causar a quienes del modo brutal que describe en ella la habían agredido y que solo se entiende en supuestos en que existe un previo conocimiento entre la víctima y el agresor (o su familia) y por otro lado, la incomprensible empatía de la que hace gala respecto a los acusados. Aparece en varias ocasiones mencionado en la causa el pesar que producía a la denunciante el perjuicio que su denuncia pudiera causar a los denunciados...; en juicio lo ratificó y afirmó que no sentía nada especial por ellos, "no les conocía de nada, no puedo tener ninguna... ningún sentimiento hacia ellos pero ni bueno, ni malo porque no les conozco, o sea, es como una persona de la calle para mí ". Ciertamente, frente a cinco absolutos desconocidos a los que se está acusando por hechos de tal gravedad y que tan grave daño se afirma que han producido, señalar que " es como una persona de la calle para mí " como poco, resulta sorprendente".

Pero volviendo a lo del jolgorio y el regocijo, estas expresiones se suelen reproducir en los medios entrecomilladas, poniéndolas en boca del magistrado de manera literal. Como ejemplo de la burda y efectiva manipulación que buena parte del periodismo de este país está haciendo -burda, porque es tan fácil de desmontar como acudir a la sentencia, y efectiva, porque casi nadie pierde su tiempo en hacer esto último-, tenemos artículos como éste, que empieza así:

"«Lo que documentan las imágenes es sexo entre desconocidos, en el entorno clandestino y desapacible del rellano de un portal. Aprecio en los vídeos un ambiente de jolgorio y regocijo en todos ellos». Es el resumen que el magistrado Ricardo González hace..."

Desde luego, el entrecomillado de la periodista es imposible encontrarlo, tal cual, en el texto del voto particular. Es posible encontrar la primera frase, pero no la segunda. Mal empezamos si lo que se atribuye explícitamente al magistrado no aparece como tal en lo que él ha escrito. Pero es que además, si la primera de las dos frases -la única que aparece tal cual-, la ponemos en su  contexto, parece adquirir otro sentido, posiblemente no tan eficaz para lo que se pretende con el artículo. Pero júzguenlo ustedes mismos:

"Valorando pues en conciencia el contenido de los archivos de vídeo grabados el día de autos en el portal y las dos fotografías que obran en la causa resulta imposible al contemplarlos sustraerse al hecho de saber que las personas que aparecen en el mismo se habían conocido diez minutos antes de sucederse los hechos que se observan, lo que aumenta la sensación de crudeza y desazón que suscitan sus imágenes, ciertamente de contenido perturbador. Lo que documentan las imágenes es sexo entre desconocidos, en el entorno clandestino y desapacible del rellano de un portal".

En cuanto a la segunda frase, ni siquiera aparece como tal en el texto del voto particular. La única vez que el magistrado emplea las expresiones "aprecio en los vídeos" y "jolgorio y regocijo" a lo largo de los 237 folios, está en este párrafo:

"No aprecio en los vídeos cosa distinta a una cruda y desinhibida relación sexual, mantenida entre cinco varones y una mujer, en un entorno sórdido, cutre e inhóspito y en la que ninguno de ellos (tampoco la mujer) muestra el más mínimo signo de pudor, ni ante la exhibición de su cuerpo o sus genitales, ni ante los movimientos, posturas y actitudes que van adoptando. No aprecio en ninguno de los vídeos y fotografías signo alguno de violencia, fuerza, o brusquedad ejercida por parte de los varones sobre la mujer. No puedo interpretar en sus gestos, ni en sus palabras (en lo que me han resultado audibles) intención de burla, desprecio, humillación, mofa o jactancia de ninguna clase. Sí de una desinhibición total y explícitos actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo en todos ellos, y, ciertamente, menor actividad y expresividad en la denunciante".

Y ese párrafo, como pueden ver, ha quedado contraído en "Aprecio en los vídeos un ambiente de jolgorio y regocijo en todos ellos", usando lo resaltado en negrita y que, curiosamente, coincide con la segunda frase que la periodista atribuye al magistrado. Tremendo.

Podríamos analizar aquí decenas de artículos y tuit de profesionales de los medios de ese mismo estilo, pero como no les quiero aburrir y para muestra basta un botón...

Muy mal camino está tomando este asunto. Y como el ciudadano no empiece pronto a pensar por sí mismo y siga haciendo caso a políticos, periodistas, tertulianos y turba, éste puede ser un camino sin retorno.


domingo, 29 de abril de 2018

La otra manada

Seguramente no voy a escribir nada original, nada que no se haya dicho ya por alguien en estos tres últimos días, aunque yo he esperado a leerme las 371 páginas para opinar. Son pocos días, pero suficientes para que se hayan dicho y escrito auténticas barbaridades. Apenas hecho público el fallo, ya había quienes hablaban de dictadura del patriarcado, de sentencia machista, de expulsar a los magistrados de la carrera judicial, de colgar en el palo mayor al descerebrado al que se le había ocurrido redactar el voto particular que abogaba por absolver a esos energúmenos. Parecían haberse leído las trescientas y pico páginas de la sentencia en apenas unos minutos. E incluso haberla entendido.

¡Está siendo todo tan excesivo! Políticos de todos los colores, juristas, periodistas, tertulianos, gente de a pie. ¡Hasta Ana Botín! Y eso que los han condenado a 9 años de prisión, 5 años de libertad vigilada, una multa importante y el escarnio público para, probablemente, el resto de sus vidas. Una minucia de nada. No quiero ni pensar dónde tendrían que haberse escondido los magistrados si los hubieran absuelto. Resulta preocupante la facilidad con la que nuestro Estado de Derecho salta por los aires a las primeras de cambio. Nuestra inmadurez democrática goza de una magnífica salud. 

Pero volvamos al asunto. 

Fiel al espíritu didáctico al que aspira la taberna, resulta interesante subrayar que tras una sentencia penal hay todo un trabajo de investigación, de instrucción y, finalmente, de práctica de pruebas que se lleva a cabo en la fase de juicio oral, en la que el juez tiene la oportunidad -y la obligación-, de valorar directamente el material probatorio -principio de inmediación-, y la defensa de discutirlo -principio de contradicción-, y todo ello respetando el derecho fundamental a la presunción de inocencia.

Por ello, una sentencia penal no es más -ni menos-, que el resultado de la valoración de la prueba realizada por el juez o tribunal que, tras un relato de hechos probados -probados conforme a la convicción del juez o tribunal tras el citado proceso valorativo-, desemboca finalmente en un fallo que refleja la adecuación o no de esos hechos probados a un determinado tipo penal, a la descripción de una conducta calificada como delictiva en nuestras normas penales.

Cuando alguien lee una sentencia penal, cualquier sentencia penal, y no ha tenido acceso al material probatorio o al sumario, no le queda más remedio que dar por válido el relato de hechos probados. Dado que el tribunal ha podido acceder a las pruebas y a las declaraciones policiales o sumariales, ha presenciado en la sala las declaraciones de testigos, peritos o procesados, comprobando sus reacciones ante las preguntas de una y otra parte, e incluso ha podido hacer las preguntas que le han parecido oportunas para aclarar cualquier duda que le asaltase, a uno no le queda otra opción que admitir que el relato de hechos probados de la sentencia refleja la convicción del tribunal sobre cómo han sucedido tales hechos. Discutirlos sin más información no deja de ser, por tanto, más que una mera elucubración o, en el mejor de los casos, una opinión.

Sin embargo cuando, como en esta ocasión, existe un voto particular que, además, es inusitadamente extenso, detallado y beligerante -no sólo con los hechos probados, sino también con los fundamentos jurídicos de la sentencia-, se dispone de una valiosa información que permite cuestionar, o no, los hechos probados con un cierto fundamento, sin necesidad de cabriolas en el aire. La perspectiva que ofrece una valoración distinta -y distante-, de la prueba por parte de otro magistrado que ha dispuesto exactamente de la misma información que quienes redactaron la sentencia es enormemente valiosa. Sobre todo para quien se acerque a ella sin prejuicios.

El voto particular no se limita sólo a llegar a conclusiones distintas a partir del mismo material probatorio, sino que hace una dura crítica sobre algunas cuestiones tanto procesales, como de derecho sustantivo y constitucional. Pero, con ser ello enormemente trascendente, quizás lo más llamativo para un lego en Derecho sean algunas de las reflexiones y valoraciones que el magistrado hace sobre cuestiones fácticas. Fundamentalmente porque pueden ser entendidas por el ciudadano de a pie.

De todas ellas, la que a mí me parece absolutamente brutal por contundente es la siguiente:

"Que interpretaran que la denunciante consentía las relaciones que mantuvieron es algo que también puede admitirse como razonable, valorando la propia declaración de aquella y lo que resulta de los vídeos y fotografías que ya se han valorado. Si un experto en psiquiatría como el Sr. Sanz Cid, además, ha manifestado con firmeza y bajo juramento que no ve, en lo que de los vídeos resulta, indicio alguno del "shock" o del "bloqueo" emocional que la denunciante refiere, no parece razonable exigir que los cinco acusados lo percibieran o pretender que necesariamente debieran haber sido conscientes de lo que ella albergaba en su fuero interno; por el contrario, que interpretaran su expresión o sus gemidos y jadeos como signo de aceptación, por más que esta internamente pudiera estar repudiando lo que sucedía, es algo que puede admitirse como razonable en ausencia de prueba que acredite lo contrario y que, a mi juicio, no se ha ofrecido por las acusaciones; muy al contrario, la propia denunciante en su declaración en el plenario afirmó que, a su juicio, es posible que los acusados hubieran interpretado que ella no se estaba sometiendo."

Desde luego, la defensa tiene una mina de oro en el voto particular para su recurso. Y, en mi humilde opinión, la probabilidad de que el Tribunal Supremo -porque el asunto llegará a esta instancia, sin duda-, dé la razón al voto particular, es alta. Si no se acojonan, claro.

Y para terminar, me quedo con esta reflexión de Ignacio Gomá en su artículo "La sentencia de la manada y el verdicto social", cuya lectura les recomiendo:

"Hay que tener cuidado con acudir a la Justicia del Pueblo porque el Pueblo es un ser indeterminado que no responde ante nadie ni se somete a ninguna regla. Y no hay autos de procesamiento ni procedimientos: la acusación y la sentencia son una misma cosa. Y el acusado puede ser cualquiera."


domingo, 23 de julio de 2017

De misandrias y miserias

A Lidia Falcón ya la he escuchado en otras ocasiones. La última, pontificando sobre la aberración que supone regular el asunto ése de los vientres de alquiler porque, según ella, eso hay que prohibirlo directamente. Como a ella le parece mal, ninguna mujer en ninguna circunstancia puede decidir prestarse a gestar una criatura de otros. Y punto. No hay más que hablar.

Ahora se ha superado en un artículo en el que critica el borrador del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Empieza diciendo, tras admitir que no se ha leído las 70 u 80 páginas del documento -porque a su edad no se lo merece...-, que es ilegible. Empezamos bien. Reconozco que yo tampoco lo he leído. Y por eso no se me ocurre criticarlo.

Y después de una soflama panfletaria, en la que afirma que "el Estado que tenemos abandona a los más desgraciados y entrega nuestro dinero a la OTAN, al Ejército, a los bancos, a la Iglesia católica, a las grandes corporaciones que significan “el mercado” y a las Casas Reales..." y que "bajo una maraña de legalismos y constitucionalismos los que montaron este supuesto Estado de Derecho han convertido la democracia en una construcción hueca dentro de la cual sólo se encuentran los privilegios de los ricos", viene la traca final. Espectacular, como verán a continuación.

Dice la buena señora que "disponer de una ley que obligue al acusado a demostrar su inocencia [la del hombre] y exonere a la víctima de aportar las pruebas, que ordene la detención y prisión de los maltratadores y los obligue a cumplir íntegras las penas, no cuesta dinero, no pone en dificultades al Capitalismo y apenas le da una patada al Patriarcado".

No me digan que reclamar un Estado de Derecho auténtico y no la mierda que, según ella, tenemos y cargarse en el siguiente párrafo la presunción de inocencia -sólo para los hombres, faltaría más-, no es todo un espectáculo. Triste, pero espectáculo. Y si quien lo hace es además jurista, sólo se me ocurre pensar que tenga algún tipo de problema con los hombres, por el simple hecho de serlo, que le nuble la razón. Por ser generoso.

Y para rematar, termina diciendo que no volverá a aconsejar a sus clientas que presenten denuncias ante las autoridades competentes, sino que se compren una pistola.


viernes, 7 de julio de 2017

De cuando el personal se cabrea si le llevan la contraria...

Que la prensa de uno y otro lado manipula es una obviedad. No hablo de los editoriales o de las columnas de opinión, no, que en ésas no se pretende dar información. Y aunque hasta la opinión debiera estar fundada y teñida de un cierto rigor intelectual, al fin y a la postre, no dejan de contener puntos de vista sesgados por las vivencias, la ideología e incluso los intereses personales de cada cual.

Sobre el cuidado que hay que tener con lo que se lee y la necesidad de que el ciudadano sea crítico con lo que lee ya se ha hablado por la taberna en multitud de ocasiones, pero no viene mal hacerlo una vez más. Y hacerlo además a raíz de la última entrada.
 
Resulta que leo un titular que sé que es absolutamente falso. Además, lo leo en un periódico muy dado a la agitación y la propaganda, "agitprop" para los cursis. Entro en el enlace del artículo. No conozco de nada al periodista que lo escribe, ni para bien ni para mal. Leo con atención. No funciona ninguno de los enlaces, pero los edito y los corrijo para comprobar sus fuentes. Vaya, son las mismas que las mías. Y entonces, ¿cómo puede llegar a una conclusión que no se compadece en absoluto con la fuente de datos que utiliza? Probablemente por la misma razón que Montoro. Quiere lanzar una consigna concreta, y si la realidad se la estropea, simplemente la manipula. Ya saben aquello de que la realidad no te estropee una buena noticia. Si además, esa noticia manipulada es de fácil consumo entre el personal asiduo al medio, el aplauso está garantizado. Y si encima se consigue encabronar al personal contra el gobierno de turno que es de la otra cuerda -personal que, por cierto, ya tiene otros motivos reales para estar encabronado-, entonces tenemos la tormenta perfecta.

¿Y qué pasa si a alguien se le ocurre cuestionar con argumentos al periodista que ha escrito esa noticia y le invita a explicarse? Pues muy fácil. Se le acusa de pontificar, dejando entrever que es un intolerante y un soberbio que, además, no deja opción a la respuesta. Se le contesta con evidente sarcasmo algo así como "y punto, oiga. No se hable más". Expresión que, por cierto, sería perfectamente aplicable a su panfleto. Y claro, cuando se le piden explicaciones por ese comentario chulesco y se le invita a hablar, mutis por el foro. 



 
En fin, que siguiendo con el sarcasmo, he de reconocer que hasta ese momento no entendí el sentido de su respuesta. No me estaba acusando de no permitirle hablar, o de que hubiera sido un soberbio en mi entrada, no, estaba informándome de que él había decidido poner punto y final al asunto y no hablar más del tema. Y vive Dios que lo ha cumplido.

Por otro lado, y ahora ya más en serio, dudo que ni siquiera haya leído mi entrada, entre otras razones porque en el momento en el que escribo esto, siguen sin funcionar los enlaces del artículo. Y si la ha leído, entonces es muy poco profesional. Si no quiere contrastar sus datos y argumentos con un lector, ¡al menos corrija los enlaces, oiga!


sábado, 24 de junio de 2017

Sobre la ética...

Al principio titulé esta entrada "Sobre la ética política". Después pensé que la ética no debiera tener apellidos y lo cambié, aunque ya les adelanto que la cosa va sobre política. Y sobre ética, claro.

En los últimos años hemos asistido a una especie de competición para ver quién mea más lejos o la tiene más larga en esto del comportamiento ético de los políticos. Incapaces los partidos de resultar creíbles y de fijar de manera autónoma el listón ético de sus miembros -que debiera ser unos de los criterios del votante para darles su confianza-, han buscado las referencias en el Derecho Penal, en lo que decidan los jueces, renunciando cobardemente a asumir sus responsabilidades y trasladándolas a un tercero que, subrayémoslo, no lleva a cabo juicios éticos, sino jurídicos. Así, unos hablan de que se deben asumir responsabilidades políticas cuando existe imputación, otros cuando existe imputación pero sólo en determinados delitos, otros cuando se abre la fase de juicio oral, otros cuando existe condena y otros cuando esa condena es firme... En fin, que hay para todos los gustos.

El problema es que el Derecho Penal, tanto desde el punto vista material como procesal, no es una referencia adecuada para ser utilizado como codigo ético. La propia naturaleza de esa rama del Derecho exige que muchos comportamientos claramente reprochables no sean castigados penalmente. Los principios de ultima ratio y de intervención mínima que rigen el Derecho Penal obligan a que ello sea así. Además, el propio proceso, muy garantista y presidido por el derecho fundamental a la presunción de inocencia, puede dejar sin castigo comportamientos manifiestamente delictivos, garantismo al que no está obligada una organización respecto de su régimen interno. Si a ello añadimos que las peculiaridades del proceso penal, con una fase de instrucción y otra de enjuiciamiento propiamente dicho, hace que la persona afectada se vea sometida a diferentes situaciones procesales que, unas veces desde la ignorancia y otras desde la más mezquina manipulación política, son sacadas de contexto y ofrecidas al pueblo llano para saciar su sectarismo, resulta evidente que el Derecho Penal no puede ni debe convertirse en la guía ética de ninguna organización social, sea del tipo que sea.

Y pese a ello, los partidos políticos han decidido usar el Derecho Penal como marco ético. ¿Por qué? Probablemente porque resulta incómodo retratarse y es más fácil manipular y justificar las posiciones cuando es un tercero, el juez, quien decide, cuando es otro el que juzga a los tuyos. En definitiva, por pura cobardía política e intelectual.

Una prueba palmaria de todo lo dicho es que los responsables políticos se ven obligados continuamente a retorcer como si fueran de plastilina, la mayoría de las veces con manifiesta desvergüenza, sus códigos éticos para no tener que tomar medidas contra los suyos. Hasta se vieron obligados a modificar el término imputado por el de investigado de tanto como lo habían sobado. Y no ha servido para nada, como resulta notorio.

Pero en mi opinión, hasta la fecha, el summum de la inmoralidad en la manipulación del propio código ético llevado a cabo  por un partido político -y que ha motivado esta entrada-, es lo que le he escuchado a Manuela Carmena esta semana. Y lo es, no sólo porque se  trate de un partido político que ha hecho de la ética -aunque sea mal entendida-, su bandera, exigiendo a los demás un comportamiento que raya en ocasiones lo absurdo, sino porque quien dice lo que ha dicho no puede alegar ignorancia. Recordemos que la señora Carmena es licenciada en Derecho, ha ejercido de jueza, ha sido vocal del Consejo General del Poder Judicial además de fundadora de la asociación Jueces para la Democracia y es juez emérita del Tribunal Supremo. Descartada pues, objetivamente, la ignorancia, sólo es posible atribuir sus palabras a la poca vergúenza.

¿Y qué es lo que ha dicho? Pues escúchenlo ustedes mismos.




En efecto, lo que dice la providencia literalmente es:"Cítese de comaprecencia en este juzgado a Dña Ana Varela Mateos, Dña Celia Mayer Duque y D. Carlos Sanchez Mato ante este juzgado el próximo día 18 DE SEPTIEMBRE A LAS 10.30 HORAS al objeto de prestar declaración en concepto de querellados, reclámese sus hojas histórico penales." (sic)

Ustedes no tienen por qué saber si eso significa que comparecen como testigos o como imputados, pero el currículum profesional de la señora Carmena no permite aplicarle a ella el mismo beneficio de la duda que a ustedes. Ella sabe perfectamente que, más allá de cuestiones nominales, cuando una querella se admite a trámite por el juez de instrucción (ver nota al pie), el querellado se convierte automáticamente en investigado -antes imputado-, el juez tiene la obligación de notificárselo inmediatamente y nace el derecho de defensa del querellado, obligación de uno y derecho del otro que nuestro proceso penal impone como parte del derecho fundamental de defensa recogido en el art. 24 de nuestra Constitución. Emplear como argumento que el juez de instrucción no ha empleado el término investigado o imputado sino el de querellado, para defender lo indefendible, debería tener algún tipo de consecuencia en su prestigio y currículum profesional. Y también en su prestigio político. Pero no pasará ni lo uno ni lo otro.

En definitiva, convertirse en investigado, lejos de representar ningún tipo de castigo procesal o material, supone una garantía constitucional. Han sido nuestros políticos quienes, a base de manosear interesadamente el concepto, han terminado por trasladar erróneamente a los ciudadanos que una determinada situación procesal -investigado, imputado, querellado, denunciado, todos esos términos tienen idénticas implicaciones a estos efectos-, debe ser identificada con un comportamiento éticamente reprochable. Eso sí, siempre que esa situación procesal la sufra el adversario político. Por todo ello, se equivocan, probablemente a sabiendas, quienes acuden al Derecho Penal para extraer de él las coordenadas de lo que debiera ser un comportamiento ético.

Sobre estas cosas ya hablábamos por aquí hace mucho tiempo.


Nota: Por si quedaba alguna duda: "Es innegable que la condición de imputado nace de la admisión de una denuncia o una querella (no, por cierto, de la simple interposición de una u otra)..." (Sentencia Tribunal Constitucional 135/1989, página 11)

viernes, 9 de junio de 2017

De amnistías fiscales y otras inmoralidades

Últimamente escribo poco. Y no por falta de ganas, sino porque casi siempre tengo la sensación de que me repito. No en vano, buena parte de las entradas que he publicado en los últimos meses contienen esa maldita muletilla de "como ya dije por aquí hace no sé cuantos años..." o algo así. Y ésta no va a ser menos. Por ello, antes de entrar en harina y para situar en su contexto todo cuanto diré a continuación, quede clara mi opinión sobre las amnistías fiscales. La de Montoro y la de los que ahora se regodean de su pírrica victoria.

Ayer publicó nuestro Tribunal Constitucional la sentencia sobre el recurso de inconstitucionalidad contra la amnistía fiscal del gobierno de Rajoy. Quien recurrió al TC fue el PSOE utilizando -página 2 de la sentencia-, fundamentalmente dos argumentos: que el instrumento legislativo utilizado es inconstitucional (art. 86.1 CE) y que vulnera el principio constitucional de que cada cual debe contribuir conforme a su capacidad económica (art. 31.1 CE). Nuestro Tribunal Constitucional le ha dado la razón respecto del primero, pero no ha entrado siquiera a valorar jurídicamente -sí moral y políticamente-, el segundo.

Pues bien, a partir de ahora escucharemos y leeremos gran cantidad de opiniones de sesudos tertulianos -ilustres economistas y juristas todos ellos-, prestigiosos columnistas y amnésicos políticos que dirán, unos, que el TC se ha limitado a decir que el instrumento legislativo utilizado no es el adecuado y que, desde luego, no ha cuestionado el fondo del asunto, y otros, que el TC le ha dado una buena hostia al Gobierno diciéndole que ha hecho dejación de funciones, que la amnistía fiscal "supone la abdicación del Estado ante su obligación de hacer efectivo el deber de todos de concurrir al sostenimiento de los gastos públicos” y que por eso la ha declarado ilegal. 

Lo cierto es que lo que ha hecho el TC es tumbar la amnistía por una cuestión de forma -no utilizar la vía legislativa adecuada-, darle un tirón de orejas político y moral al Gobierno por la cuestión de fondo, pero sin declararla por ello inconstitucional, y decir que la sentencia no tendrá ninguna consecuencia jurídica. Sin duda, una victoria pírrica, más allá del juego político que dará esta cuestión en los próximos meses y que sólo servirá para poner de manifiesto, una vez más, el escaso rigor y la baja catadura moral de nuestra clase política.

Que se celebre de forma tan entusiasta que alguien confirme lo obvio -la inmoralidad e injusticia de una amnistía fiscal-, resulta revelador. Y más revelador aún que quienes interpusieron el recurso de inconstitucionalidad fundamentándolo en esa injusticia, llevaran a cabo dos amnistías, dos, todavía peores que la llevada a cabo por el gobierno de Rajoy.

La primera, a través de la Ley 14/1985 sobre Régimen Fiscal de Determinados Activos Financieros, que permitía que quienes tuvieran dinero negro lo blanquearan invirtiendo en Pagarés del Tesoro -y también en activos con retención en origen (AFRO)-, sin pagar un duro.

La segunda, consecuencia de la desaparición de los Pagarés del Tesoro, a través de la Disposición Adicional 13 de la Ley de IRPF 18/1991 que permitía canjear esos pagarés por otro instrumento financiero igualmente opaco creado a medida, denominado Deuda Pública Especial. En aquella ocasión, el entonces Secretario de Estado de Hacienda, Josep Borrell, llegó a decir que "si la gente fuera racional, quienes tienen grandes cantidades de dinero negro comprarían Pagarés del Tesoro ahora".

Eso sí, ambas amnistías se llevaron a cabo mediante una tramitación legislativa correcta, que hasta para cometer fechorías hay que guardar las formas.

Por qué el PSOE dice ahora que aquéllas no fueron amnistías fiscales y la del PP sí, es un misterio. O no. Y por qué les parecieron bien aquéllas, que no pagaron un duro en el proceso de blanqueo, y mal ésta, que al menos ha pagado un 10%, otro misterio. O tampoco.


domingo, 2 de abril de 2017

¡Qué susto! Casi me informo antes de opinar... (II)

En el vídeo, dos diputados, uno miembro del poder legislativo español y otro del Parlamento europeo, y una periodista pontifican. A su alrededor en el debate, varios periodistas -uno de ellos es además jurista, o eso dice en cuanto tiene ocasión-, y varios diputados. Ninguno de éstos sacó de su error a ninguno de aquéllos. Ni a los telespectadores.





Verán, el art. 578 del Código Penal decía la primera vez que fue reformado, allá por el año 2000, lo siguiente:

"El enaltecimiento o la justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos comprendidos en los artículos 571 a 577 de este Código o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares se castigará con la pena de prisión de uno a dos años. El Juez también podrá acordar en la sentencia, durante el período de tiempo que el mismo señale, alguna o algunas de las prohibiciones previstas en el artículo 57 de este Código."


Tras la reforma de 2015, a la que se refieren en el vídeo, dice lo siguiente:

"1. El enaltecimiento o la justificación públicos de los delitos comprendidos en los artículos 572 a 577 o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares, se castigará con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a dieciocho meses. El juez también podrá acordar en la sentencia, durante el período de tiempo que él mismo señale, alguna o algunas de las prohibiciones previstas en el artículo 57.

2. Las penas previstas en el apartado anterior se impondrán en su mitad superior cuando los hechos se hubieran llevado a cabo mediante la difusión de servicios o contenidos accesibles al público a través de medios de comunicación, internet, o por medio de servicios de comunicaciones electrónicas o mediante el uso de tecnologías de la información.

3. Cuando los hechos, a la vista de sus circunstancias, resulten idóneos para alterar gravemente la paz pública o crear un grave sentimiento de inseguridad o temor a la sociedad o parte de ella se impondrá la pena en su mitad superior, que podrá elevarse hasta la superior en grado.

4. El juez o tribunal acordará la destrucción, borrado o inutilización de los libros, archivos, documentos, artículos o cualquier otro soporte por medio del que se hubiera cometido el delito. Cuando el delito se hubiera cometido a través de tecnologías de la información y la comunicación se acordará la retirada de los contenidos.

Si los hechos se hubieran cometido a través de servicios o contenidos accesibles a través de internet o de servicios de comunicaciones electrónicas, el juez o tribunal podrá ordenar la retirada de los contenidos o servicios ilícitos. Subsidiariamente, podrá ordenar a los prestadores de servicios de alojamiento que retiren los contenidos ilícitos, a los motores de búsqueda que supriman los enlaces que apunten a ellos y a los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas que impidan el acceso a los contenidos o servicios ilícitos siempre que concurra alguno de los siguientes supuestos:

a) Cuando la medida resulte proporcionada a la gravedad de los hechos y a la relevancia de la información y necesaria para evitar su difusión.

b) Cuando se difundan exclusiva o preponderantemente los contenidos a los que se refieren los apartados anteriores.

5. Las medidas previstas en el apartado anterior podrán también ser acordadas por el juez instructor con carácter cautelar durante la instrucción de la causa."

Como puede comprobarse fácilmente, la descripción del tipo del delito en la nueva versión es prácticamente la misma que la de 2000, por lo que el comportamiento que es delito ahora lo era también entonces y viceversa. En ese sentido, la reforma de 2015 no ha modificado absolutamente nada. 

¿Qué hizo entonces la reforma de 2015? Se limitó a agravar las penas cuando el delito se comete haciendo uso de las tecnologías de la información para su difusión, o cuando cree un grave sentimiento de inseguridad o temor a la sociedad. Y también dotó a los órganos jurisdiccionales de instrumentos para eliminar o impedir el acceso a los medios a través de los cuales se cometió el delito. Nada más.

Desde luego, lo que no hizo fue crear ningún delito nuevo ni modificar el creado en la reforma de 2000. Para que puedan aplicarse esas agravantes, primero ha debido cometerse el tipo básico del delito, el contemplado en el apartado 1 del artículo, que describe el delito en los mismos términos que en 2000. Realizar los hechos constitutivos del delito a través de las redes sociales era tan delito entonces como ahora, con la única diferencia de que la pena es distinta.

Escuchar a dos diputados y a una periodista afirmar, ante el silencio de los demás tertulianos, que es la reforma del art. 578 del CP llevada a cabo en 2015 la que ha permitido que los jueces puedan dictar sentencias como la de Cassandra, produce verdadero pavor. Sobre todo si tenemos en cuenta que el ciudadano medio suele tomar decisiones, formarse una opinión personal o votar, a partir de la información u opinión que le llega a través de la televisión, deglutida las más de las veces de manera absolutamente acrítica, en la confianza de que las personas a las que está escuchando deben saber de qué hablan. ¿Cómo podrían no saberlo si salen en la "tele"?


sábado, 1 de abril de 2017

¡Qué susto! Casi me informo antes de opinar... (I)

Vaya por delante que comparto la opinión de muchos sobre la dudosa compatibilidad entre el delito tipificado en el art. 578 del Código Penal y el derecho fundamental a la libertad de expresión, pero esta entrada no va de eso, sino sobre la manipulación informativa. Sí, otra vez.

Dicen que la sentencia es consecuencia de la reforma del Código Penal que llevó a cabo Rajoy en 2015. Y deben decirlo sin haberse leído la sentencia. O sin haberla entendido si es que la leyeron. O mintiendo descaradamente si la leyeron y la entendieron.

Porque el tipo penal por el que condenan a Cassandra fue establecido por la Ley Orgánica 7/2000, que fue votada favorablemente por el 94% del cámara. Con nombres y apellidos.

Por cierto, el título de la entrada no es una ocurrencia mía -qué más quisiera...-, sino de un fantástico tuit que leí no recuerdo ni cuándo ni dónde ni a quién.


miércoles, 15 de marzo de 2017

Para muestra del estado de la Nación, tres botones...

Fíjense en los titulares resultantes de una simple búsqueda en Google de esta mañana, cuando ya incluso ayer por la tarde, quienes habían perdido su tiempo en leer la sentencia, tenían bastante clara la cosa. No se puede pretender que se prohíba a los clientes de una empresa en huelga que contrate con otra empresa los servicios que iba a ejecutar con la primera en nombre del derecho de huelga. Y si no se prohíbe tal cosa, entonces es que el Tribunal Supremo es un desalmado y está conculcando los derechos de los trabajadores.





Y así todo. Cada vez que leo un titular y me chirría -sobre todo si trata de alguna cuestión de Derecho o de Economía-, si acudo a la fuente casi siempre resulta que es falso. Y esto es sólo una muestra. Cuando se informa sobre pobreza, brechas salariales, desigualdades, libertad provisional de algún famoso que no está condenado en firme, penas exageradas sin saber una coma de Derecho penal y todas esas cuestiones en las que basta un titular para encabronar al personal que, por supuesto, ni tiene los conocimientos ni el tiempo necesario para verificar todo lo que lee -eso, se supone que lo hace la prensa, ese pilar imprescindible de la democracia como les gusta decirse-, cuando se informa, decía, o se documenta uno y es riguroso o se hace mutis por el foro. En este bendito país, ni lo uno ni lo otro. Y así os va.

Pero no sólo es la prensa, no. Ayer por la tarde contesté algunos tuits -hasta que me aburrí de oscurecer a algunos iluminados-, de gente que también se había subido al carro de la cizaña y el ridículo. Y no se crean que eran unos cualquiera, no. O sí. Un economista y un periodista de los que sale en la tele y todo un señor diputado y economista, que se supone que todos deberían comer de su credibilidad, pero al parecer deben comer de otra cosa. Había más pero, como he dicho, me aburrí. Aquí tienen una muestra gráfica por si hoy empiezan a borrar sus tuits.






En otro orden de cosas, desde hace algún tiempo y por motivos profesionales, estoy pendiente de la tramitación parlamentaria de una proposición de Ley, sobre la que ya hablé por aquí, cuyo plazo de enmiendas finalizaba el pasado 17 de Febrero de 2017 desde el 30 de Diciembre de 2016 en el que se inició. Más de mes y medio para proponer enmiendas a un texto de unas doce líneas. Pues a lo mejor no se lo creen, pero el plazo de enmiendas se ha ampliado ya cinco veces. Saquen ustedes sus propias conclusiones.

Y para terminar, la última muestra de desvergüenza e ineptitud de nuestra presidenta andaluza. Como en esta ocasión no están siendo capaces de manejar la opinión de los ciudadanos respecto de un impuesto -absolutamente injusto, dicho sea de paso-, que en su día aceptaron gestionar, ahora le piden al Gobierno que lo retome y que les compense por ello. Vamos, que recauden otros y le entreguen lo recaudado. Debiera hacerse mirar el PSOE y su posible futura líder sus incoherencias permanentes. No se puede querer un Estado federal sin corresponsabilidad fiscal. Por definición. Aunque después de escucharles a algunos de ellos lo del federalismo asimétrico, todo un oxímoron, uno ya está curado de espanto. 


jueves, 9 de febrero de 2017

La inquietud como cruz de guía...

"Lo digo con humildad, me gustaría ver a mí cuántos presidentes autonómicos y cuántos presidentes del gobierno, cuando los ciudadanos se manifiestan rectifican. Pero nosotros tenemos que hacerlo con humildad, claro que sí. Si hay cosas, o que no las he explicado bien o que generan inquietud, da igual, ya no hay que valorar si es mejor o peor, generan inquietud..."

Iba escuchando la radio en el coche y, de pronto, pusieron este corte de Susana Díaz hablando sobre cómo caerse en una zanja y decir que vive allí. Lo busqué para reproducirlo literalmente, para no equivocarme, para que nadie me diga que no son sus palabras exactas, para que nadie me llame sectario.

De todo lo que dice, lo más grave no es que presuma de humildad cuando te han ahorcado a la fuerza, tras algún ruido de sartenes recién estrenadas, porque aquí, en esta bendita tierra, las sartenes y las ollas sólo se han usado para hacer guisos desde hace tres décadas y media, sin un rasguño, sin una abolladura. Ni que rete a otros presidentes a ser capaces de tener el oído tan fino como ella para escuchar el estruendoso hartazgo de unos cuantos. No. Lo más grave -y no deja de serlo porque sea lo habitual, lo que hacen todos-, es afirmar que da igual, que ya no hay que valorar si es mejor o peor una determinada decisión, que no hay que hacer el esfuerzo de explicarla con argumentos, para defenderla o rectificarla, que no, que basta con que cree inquietud en el pueblo, que lo demás da igual.

Gobernar a golpe de inquietud. Pero no de cualquiera, no, sino sólo de la que aparece en Canal Sur porque es tan evidente que es inevitable. Y después, darle la vuelta a la tortilla y presumir de humildad, de capacidad de reacción y de política de altura.

Crear problemas para presumir de resolverlos. Susana en estado puro.


jueves, 12 de enero de 2017

De cuando hacerse el imbécil resulta rentable...

¿Estarían ustedes dispuestos a asumir públicamente que son imbéciles a cambio de un precio? Porque a eso es a lo que están dispuestos una inmensa mayoría de los que van a reclamar que le devuelvan lo pagado por aplicación de la claúsula suelo que tienen en las hipotecas que firmaron.

Recordemos que lo que dice la justicia respecto de las cláusulas suelo no es que sean abusivas en sí mismas, pues las considera perfectamente válidas, sino que son abusivas por poco transparentes. Viene a decir que, quien firmaba una hipoteca y leía que el tipo de interés era variable pero que, en ningún caso, podía bajar de una determinada cuantía, no entendía lo que leía ni era consciente de lo que eso le iba a suponer. Vamos, que era literalmente imbécil. Al menos durante los cinco minutos que duraba la firma.

No digo yo que no existan casos reales de falta de transparencia -claúsulas escondidas entre la enorme literatura jurídica de una escritura, defectuosa redacción que lleva a confusión...-, y precisamente por ello hay que ir caso por caso, porque hay contratos donde esa cláusula incluso figura en negrita y destacada o que fueron firmados por profesionales del Derecho o de las finanzas respecto de los que cabe presumir que no eran imbéciles, al menos a estos efectos. No se entiende bien que nuestro Tribunal Supremo haya optado por asumir la máxima de que, en todos los casos, el consumidor desconocía o no podía comprender el contenido y consecuencias de dicha cláusula. 

Líbreme Dios de defender a los Bancos, que eso y abusar ya lo hacen ellos solitos con bastante empeño, pero el más mínimo sentido de la equidad y de la justicia material debería impedir esa interpretación de brocha gorda. Porque no olvidemos que es razonable pensar que, sin la existencia de esa claúsula suelo, es más que probable que el préstamo hipotecario le hubiera resultado más oneroso al prestatario, posiblemente en forma de un mayor diferencial sobre el tipo de referencia o de más comisiones. Por tanto, el consumidor se benefició de unos menores tipos mientras éste estuviera por encima del suelo estipulado a cambio de asumir la cláusula suelo, pero ahora obligan al banco a devolver lo cobrado de más como si dicha cláusula no hubiera existido, sin que el banco pueda variar el resto de las condiciones, que se pactaron en aquellos términos, precisamente, porque existía esa cláusula suelo.

Por otro lado, y al hilo de todo este asunto, se ha producido hace pocos días otra sentencia de un Juzgado de lo Mercantil en la que declara abusiva y, por tanto nula, la cláusula de un préstamo hipotecario en la que se establecía la responsabilidad patrimonial universal del deudor. Si tenemos en cuenta que dicha responsabilidad está establecida en el art. 1.911 de nuestro Código Civil y que dicha cláusula se limitaba a subrayar, de manera redundante, lo que el propio precepto legal establece, ¿debemos entender que si no se hubiera incluido esa cláusula, no hubiera podido ser declarada nula y que, por simple aplicación de la Ley, el deudor seguiría respondiendo de la deuda hipotecaria con todo su patrimonio presente y futuro? ¿o debemos entender que dicho precepto nunca será aplicable por falta de transparencia? ¿o qué debemos entender de esa absurda sentencia?

Que, en términos generales, el consumidor es la parte débil en materia de contratación, que debe ser protegido con determinadas presunciones favorables a él y que hay que poner coto a los abusos contra el ciudadano en tanto actúe como consumidor, me parece justo e imprescindible. Pero de ahí a que entremos en una dinámica en la que desvistamos al consumidor de toda responsabilidad por sus decisiones, dictando sentencias que afirman implícitamente que es tonto de baba, media un abismo. Eso sólo conseguirá infantilizar -¿aún más?- el comportamiento del consumidor, fabricar consumidores irresponsables y poco exigentes con sus derechos y que la otra parte contratante se sobreproteja a partir de ahora, de tal forma que pagaremos todos los consumidores nuestra presunción de imbecilidad por la imbecilidad real de unos pocos.