Ayer publicó nuestro Tribunal Constitucional la sentencia sobre el recurso de inconstitucionalidad contra la amnistía fiscal del gobierno de Rajoy. Quien recurrió al TC fue el PSOE utilizando -página 2 de la sentencia-, fundamentalmente dos argumentos: que el instrumento legislativo utilizado es inconstitucional (art. 86.1 CE) y que vulnera el principio constitucional de que cada cual debe contribuir conforme a su capacidad económica (art. 31.1 CE). Nuestro Tribunal Constitucional le ha dado la razón respecto del primero, pero no ha entrado siquiera a valorar jurídicamente -sí moral y políticamente-, el segundo.
Pues bien, a partir de ahora escucharemos y leeremos gran cantidad de opiniones de sesudos tertulianos -ilustres economistas y juristas todos ellos-, prestigiosos columnistas y amnésicos políticos que dirán, unos, que el TC se ha limitado a decir que el instrumento legislativo utilizado no es el adecuado y que, desde luego, no ha cuestionado el fondo del asunto, y otros, que el TC le ha dado una buena hostia al Gobierno diciéndole que ha hecho dejación de funciones, que la amnistía fiscal "supone la abdicación del Estado ante su obligación de hacer efectivo el deber de todos de concurrir al sostenimiento de los gastos públicos” y que por eso la ha declarado ilegal.
Lo cierto es que lo que ha hecho el TC es tumbar la amnistía por una cuestión de forma -no utilizar la vía legislativa adecuada-, darle un tirón de orejas político y moral al Gobierno por la cuestión de fondo, pero sin declararla por ello inconstitucional, y decir que la sentencia no tendrá ninguna consecuencia jurídica. Sin duda, una victoria pírrica, más allá del juego político que dará esta cuestión en los próximos meses y que sólo servirá para poner de manifiesto, una vez más, el escaso rigor y la baja catadura moral de nuestra clase política.
Que se celebre de forma tan entusiasta que alguien confirme lo obvio -la inmoralidad e injusticia de una amnistía fiscal-, resulta revelador. Y más revelador aún que quienes interpusieron el recurso de inconstitucionalidad fundamentándolo en esa injusticia, llevaran a cabo dos amnistías, dos, todavía peores que la llevada a cabo por el gobierno de Rajoy.
La primera, a través de la Ley 14/1985 sobre Régimen Fiscal de Determinados Activos Financieros, que permitía que quienes tuvieran dinero negro lo blanquearan invirtiendo en Pagarés del Tesoro -y también en activos con retención en origen (AFRO)-, sin pagar un duro.
La segunda, consecuencia de la desaparición de los Pagarés del Tesoro, a través de la Disposición Adicional 13 de la Ley de IRPF 18/1991 que permitía canjear esos pagarés por otro instrumento financiero igualmente opaco creado a medida, denominado Deuda Pública Especial. En aquella ocasión, el entonces Secretario de Estado de Hacienda, Josep Borrell, llegó a decir que "si la gente fuera racional, quienes tienen grandes cantidades de dinero negro comprarían Pagarés del Tesoro ahora".
Por qué el PSOE dice ahora que aquéllas no fueron amnistías fiscales y la del PP sí, es un misterio. O no. Y por qué les parecieron bien aquéllas, que no pagaron un duro en el proceso de blanqueo, y mal ésta, que al menos ha pagado un 10%, otro misterio. O tampoco.





