Imaginen que tienen ustedes un millón de euros en una cartilla de ahorros que les renta un cinco por ciento anual. Imaginen que, a pesar de que ustedes mantengan tanto el millón como los cincuenta mil euros de renta en la cuenta -vamos, que aunque sean más ricos, no puedan hacer uso de esa riqueza-, pagaran 500 euros de impuestos, un uno por ciento de la renta generada. Imaginen que al final del segundo año, en el que también obtuvieron un cinco por ciento de rendimiento sobre el capital acumulado, deciden ustedes retirar el dinero tras volver a pagar el uno por ciento de las rentas del segundo año y el 18% de rendimiento del capital al hacer efectivas las plusvalías -al trincar toda la pasta, para que nos entendamos-, en cuyo caso habrán pagado ustedes 19.286 euros de impuestos y tendrán en su bolsillo 1.083.189 euros.
Ahora dejen de imaginar esa fiscalidad, que para un ciudadano de a pie y para ese supuesto es ficticia, y sigan imaginando que tienen ese millón de euros en la cartilla de ahorros y en las mismas condiciones de rentabilidad. Los impuestos que habrán pagado en los dos años ascenderían a 18.369 euros y tendrían en su bolsillo 1.083.681 euros.
El primer caso sería la fiscalidad real de una SICAV y el segundo la fiscalidad real de un ciudadano que invirtiese por su cuenta. Sin duda, en un horizonte temporal más amplio y si las SICAV no tuviesen minusvalías -pérdidas-, en sus inversiones a lo largo de toda su vida financiera, el tratamiento fiscal sería algo más favorable que para un ciudadano normal, aunque éste último siempre podría invertir a través de un fondo cuya fiscalidad es aún mejor que la de una SICAV, puesto que ni siquiera tributa anualmente por el uno por ciento de las plusvalías anuales.
Y que conste que no pretendo defender ni atacar las SICAV (Sociedad de Inversión de Capital Variable), sino dejar claro que los ricos que invierten su dinero a través de una de estas sociedades, pagan sus impuestos sobre las rentas del capital como todo hijo de vecino más un 1% adicional por diferir el pago de impuestos hasta el reembolso de su dinero. Quienes andan diciendo por ahí que los ricos sólo pagan el 1% son unos ignorantes. Y si no lo son, entonces son algo mucho peor. Al César lo que es del César.
6 comentarios:
Tato, la pena es que para entenderlo hay que leer al menos los cuatro párrafos de tu entrada, y en esta España nuestra hay poca gente capacitada para tanto. Es más, me temo que ni siquiera los gobernantes que hablan de ello saben lo que dicen.
Vivimos a base de eslóganes, antiguamente de Sevilla se decía que era la ciudad del mal gobierno, me temo que nostros tenemos el país del gobierno esloganero.
Instructiva entrada, más para alguien con tan pocos o nulos conocimientos de economía.
Siempre es un placer aprender con un tabernero.
Saludos.
Ave Cesar,:
El principal atractivo fiscal de las SICAV radica en la tributación al tipo del 1% en el Impuesto sobre Sociedades de los rendimientos obtenidos de sus activos financieros.
Por el contrario, la normativa tributaria contiene una serie de restricciones y limitaciones en relación con la aplicación de otros incentivos en el ámbito fiscal.
Una de ellas es la que se hace a través de la Ley del IRPF, que establece con carácter general que NO SE COMPUTARÁ LA GANANCIA o pérdida patrimonial cuando el importe obtenido en el reembolso de acciones o participaciones de una Institución de Inversión Colectiva (esto es una SICAV) se destine a la adquisición de otras acciones o participaciones diferentes. No obstante, en el caso de una SICAV deben cumplirse, a diferencia de los fondos de inversión, dos premisas. Por un lado, que el número de socios sea superior a 500 y, por otro, que el contribuyente no haya participado, en algún momento dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de transmisión, en más del 5% del capital de la SICAV.
Una de las SICAV española más conocida es MORINVEST.
El patrimonio de esa sociedad alcanza los 408,6 millones de euros y en 2007 obtuvo un beneficio de 32,23 millones, aunque pagó sólo 323.000 euros de impuestos o lo que es lo mismo un 1 %.
Esto es cierto, ¿o,no?
Ave si conviamos.
A más ver.
Espíritu acrítico -o acrílico-, que se llama el asunto, mi Capitán.
Me alegro más de lo que crees de que te haya sido útil, querida Zapateiro.
A ver, Manupé (en gaditano, avé, Manupé). Es obvio que se te da bien copiar y pegar, aunque no contabas con que la fuente de la que has copiado no tuviera clara la diferencia entre una SICAV y una SIMCAV, porque en las SICAV el número de socios debe ser 100 o más, no quinientos. Lógicamente, como quería hacer una entrada más o menos didáctica, he obviado algunas cuestiones técnicas que no aportaban nada al objetivo que perseguía.
De todas formas no termino de entender qué quieres decir. ¿Que MORINVEST pagó un 1% de los beneficios? Claro. Eso es lo que digo en mi entrada. Pero también digo algo que tú no dices, a saber, que en cuanto los partícipes quieran recuperar la pasta, se le aplicará un 18% a sus plusvalías. Quiere esto decir que, en el ejemplo que nos ocupa, si todos los partícipes exigieran su participación y se liquidara la sociedad, tendrían que pagar, además de ese 1% que ya se pagó, el 18% de esos 32,23 millones, casi 6 millones. Y que conste que en mi entrada sólo pretendía clarificar la tributación de una SICAV para rebatir lo que se está repitiendo una y otra vez de que los ricos sólo tributan por el 1% de sus rendimientos de capital porque es, simplemente, falso. Al parecer, contigo he fracasado. ;-P
Besos y abrazos a discreción y una ronda para todos que invita Manupé...
P.S.: Que no, Manupé, que no, que convío yo con lo que me he ahorrado de mi SICAV.
¡¡¡Si hombre....voy a tener yo 1.000.000 de Euros en una cuenta¡¡¡con todas las cosas en que se me ocurre gastarlo¡¡¡....tienes unas cosas Tato...
Enga...porme un copazo que ya son las 12 y se me ha convertido la carroza en calabaza...
Besos
Tato, si me permites repetir, el problema a veces parte de la confusión en la propiedad, el dinero de una empresa es de la empresa, que tiene entidad propia, no del accionista o inversor, que para recuprar su inversión tiene que cumplir requisitos tributarios adicionales.
Cuando el dueño de la empresa, o el gobierno, o... confunden este hecho, surgen miles de problemas.
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