¿Recuerdan ustedes esta entrada de la taberna de hace ya algunos años? Pues cuando leí esta noticia en el ABC me acordé de ella. Y como me ha resultado curiosa la coincidencia, pues lo digo. Como diría ese comentarista anónimo que debe sufrir todo buen blog que se precie, una tontería más de las mías...
Bemoles
Hace 22 horas
18 comentarios:
Pensaba yo que tu "tontería" de hoy iba a ir por otro lado, querido Tato. Así que saco de contexto un poco, o un mucho, esta entrada de hoy y te pregunto por ese lado que pensaba: ¿hay alguna ley matemática que explique lo que ha pasado en las asambleas de Lipasam: a mano alzada, huelga; la misma propuesta, votada en secreto, apoyo de ochocientos y pico sobre ciento y pico a la desconvocatoria de la misma?
Te salgo un poco, o un mucho, por peteneras...sabrás disculparme.
Sobre eso, querido Juanma, escribió -y muy bien por cierto-, un tal Ortega y Gasset en su "Rebelión de las masas".
Decía que la característica principal del hombre-masa consiste en que, sintiéndose vulgar, proclama el derecho a la vulgaridad y se niega a reconocer instancias superiores a él. También afirmaba que delante de una sola persona podemos saber si es masa o no. Masa es todo aquel que no se valora a sí mismo, sino que se siente como todo el mundo y, sin embargo, no se angustia, se siente a salvo al saberse idéntico a los demás.
Menuda tontería, ¿no? ;-)
Un abrazo, cortado y entera con aceite y jamón
Qué bien escribía ese señor, eh?
Mira Tato lo que he ledo en Twitter (@Tsevan_Rabtan) acerca de la absolución de Gordillo en los asaltos a los Mercadonas:
Dice el Auto del TSJA:
"Piénsese que la amenaza de un hecho que en sí mismo no constituye delito, no puede desde luego ser calificado como delito (pues sería un contrasentido catigar más duramente el aviso de realizar una determinada conducta que la perpetración de la misma.)"
Dice el Código Penal:
Artículo 171.
1. Las amenazas de un mal que no constituya delito serán castigadas con penas de prisión de tres meses a un año...
Lo mismo te sirve para tu sección De donde no hay...
Parece que con el sentido común (no creer en las coincidencias) bastaba, y no era precisa la ley de Benford.
Muy interesante tu antigua entrada, que no había leído.
Salud.
Sí que escribía bien, sí, Juanma...
Vaya por delante, Panduro, que la sentencia me parece una obscenidad, pero ese artículo no termina en esos puntos suspensivos, sino que sigue "...atendidas la gravedad y circunstancia del hecho".
A partir de ahí entra la valoración que nuestro ordenamiento jurídico permite hacer al juez o los magistrados, y es ahí donde se puede discrepar. Quiero decir que la decisión del TSJA no es contradictoria con el CP, aunque pueda serlo con el sentido común, al menos con el mío.
Saludos
Bueno Juan Carlos, mi sentido común me dice que, al margen de que esos papeles sean o no exactos, resulta verosímil que esos chanchullos se hayan producido. Y mi experiencia personal me dice que, en política, todo aquello que es verosímil resulta bastante probable.
Saludos
No, si a mí el CP me parece bien. Lo que me choca es que en la argumentación del auto contradiga literalmente al CP al decir que "la amenaza de un hecho que en sí mismo no constituye delito, no puede desde luego ser calificado como delito..."
Después se atenderá a lo que sea, pero que sí que puede ser considerada como delito, lo dice bien claro el CP.
Saludos.
Bueno, no lo contradice literalmente. Un hecho no es lo mismo que un mal...
Saludos
Pues ya me dirás cómo se amenaza con hecho que sea un bien...
En Derecho en general, y en Derecho Penal en particular, el significado de muchos términos empleados no coincide con el significado del lenguaje ordinario, fundamentalmente porque esos términos se van moldeando a través del tiempo y la doctrina jurisprudencial.
Así, cuando se habla de mal, se refieren normalmente a un "mal injusto". ¿Y qué quiere decir esto? Pues que si, por ejemplo, yo te amenazo con ejercer mi derecho a demandarte si incumples tu contrato conmigo, te estoy amenazando con un mal en sentido ordinario, pero no en sentido jurídico. Ese mal también tiene que ser creíble y verosímil, pues no creo que te acojonaras mucho si te amenazara con meterte en un cohete y enviarte a la luna para siempre.
Por eso, la literalidad es importante cuando hablamos de estas cosas. Si los magistrados hubieran reproducido literalmente el precepto negándolo, ya sería otra cuestión.
En todo caso, insisto, cuando leí los autos completos, sobre todo el nº 13, me quedé estupefacto. Y esa frase del auto es lo de menos. Lo que a mí más me preocupa es la valoración que hace de los hechos. Por si alguien no ha tenido oportunidad de leerse los dos autos, aquí los tiene.
Saludos
Ya, ¿y cómo se traduce en lenguaje jurídico "si no ciertas, vuelvo mañana y te lo tiro todo", de forma que pueda no ser considerado un "mal injusto"? Porque ese es el "hecho" con el que amenaza Gordillo y que en el auto se dice que no puede ser considerado como delito, contradiciendo literalmente el CP.
Y sí, la valoración de los hechos en el auto es un disparate, pero esta frase en particular es la guinda del despropósito.
Bueno, Panduro, interpretamos esa frase de distinta manera.
Lo que sí parece razonable -quizás lo único de todo el auto-, es la afirmación genérica de que es un contrasentido castigar como delito la amenaza de causar un mal que no sea delito. No parece que los redactores del CP andasen muy finos...
Saludos
Pues no, no es razonable el auto, de hecho ese artículo es una de las justificaciones de los piquetes informativos. Despedir a un trabajador no es un delito en sí mismo. Amenazarlo con el despido si hace huelga, o si no se pone mirando a Gelves; si lo es.
ten en cuenta que en un país de mileuristas, los sobresueldos se utilizan precisamente para incumplir la ley del Bendford este...
ser profesor universitario produce estados de levitación sorprendentes...
Pues yo conozco algunos, eres_mi_cruz, que cuando salen de su estado habitual de levitación empeoran, así que mejor que sigan levitando...
Saludos
Puede que sea una tontería o puede que no. http://www.sintetia.com/la-ley-de-benford-y-la-presunta-contabilidad-b-del-pp/
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