sábado, 28 de junio de 2014

A quien se mueva, patada en la boca...

Que el presidente del gobierno reitere ahora lo que ya dijo allá por Enero, a saber, su convicción de que la infanta Cristina es inocente, no resulta extraño. Sólo hay que releer su programa electoral o desempolvar sus intervenciones parlamentarias en los meses anteriores a ganar las elecciones, y compararlos con sus decisiones posteriores para entender que el respeto a la Democracia y sus instituciones no es precisamente una de sus virtudes.

Que la fiscalía manifieste el día antes de que se dicte un auto, sin conocer sus fundamentos jurídicos, que lo va a recurrir, deja bien clara la absoluta falta de independencia de esta institución. Ni las apariencias guarda...

Afirmar lo que afirma el fiscal en las 63 páginas de su pintoresco recurso -todo un compendio de juicios de valor y recomendaciones para la reforma del sistema judicial, con una sospechosa escasez de fundamentos jurídicos- resulta tan extravagante, que es un insulto al sentido común. Y la puesta de perfil de la Agencia Tributaria es directamente una burla a los contribuyentes que pagamos religiosamente nuestros impuestos y que no usamos una empresa interpuesta para aliviarnos de nuestros gastos domésticos.

¿O acaso resulta creíble afirmar, sobre la base de las evidencias que incluye el juez en las 167 páginas de su auto, que la infanta era ajena a todo lo que se cocía en una sociedad de la que era propietaria al 50%? Sólo tienen que echar un vistazo a las páginas 87 y siguientes del auto.

No hay que olvidar que se trata de un auto resultado de una instrucción que, como todas, se limita a imputar a quienes, con fundamento en la investigación realizada y en las pruebas obtenidas a través de ella, resulten aparente y razonablemente implicados en la comisión de uno o varios delitos. No se trata de una sentencia condenatoria, sino de un trabajo previo que debe permitir posteriormente a un Tribunal distinto del que ha investigado, juzgar si, en efecto, ese imputado es inocente o culpable, si esa apariencia y razonabilidad se confirma o no.

Impedir de manera tan descarada y torticera, contra las pruebas y las apariencias, que alguien sea imputado para que pueda quedar limpio de toda sospecha en un juicio con todas las garantías, le hace un flaco favor a ese imputado. Pero si, además, el afectado es miembro de una institución a la que se le exige para gozar de sus extraordinarios privilegios únicamente un comportamiento ético intachable y la honradez más absoluta... En fin, que con estos amigos, no necesita la infanta enemigos ni republicanos airados. Si realmente fuera inocente, debiera ser ella misma la que exigiera ser juzgada para poder defender la honorabilidad que exigen sus privilegios. Que no le pida al gobierno que deje de enredar para que no la juzguen sólo puede significar una cosa: que es culpable.

En cualquier caso, teniendo en cuenta que, además de sus caros abogados, a la infanta la defienden la fiscalía, la abogacía del Estado, la Agencia Tributaria y el mismísimo presidente del gobierno, es más que probable que la Audiencia de Palma -cuyos magistrados aspiran a serlo algún día del correspondiente Tribunal Superior, e incluso del Supremo, del Constitucional o del Consejo General-, termine desimputándola, confirmando así lo que es público y notorio desde hace siglos: que quien se mueve no sale en la foto.

3 comentarios:

Dyhego dijo...

Es decir, que la "niña" firma, pero no sabe lo que firma. Es como la ministra esa que tenía un "jaguar" en su garaje, pero ni se había dado cuenta...

¡Ay!

Er Tato dijo...

No, es peor Dyhego.

Uno podría hasta creerse que no sabía lo que ocurría en la sociedad de la que era partícipe al 50%, porque a pesar de su formación -licenciada en CC Políticas y máster en Relaciones Intenacionales por Universidad de Nueva York-, y su experiencia laboral -Directora de área en la Fundación La Caixa y coordinadora de sus programas con agencias de la ONU-, podría ser medio tonta.

Lo que ya uno no se puede creer es que, si realmente ha ocurrido lo que dice el auto del juez a partir de su página 87, sea inocente. Porque ni a ti ni a mí se nos ocurriría inocentemente cargar a los gastos de nuestra empresa tickets de parking o de gasolina de nuestros vehículos particulares, 5 menús de niño, casco y guantes para moto, unas botas de señora compradas en Nueva York, una vajilla, un animador infantil... Parece claro que es imposible entregar "sin querer y sin darte cuenta", el ticket de parking de tu coche o la factura de unas botas a la empresa para que te lo pague.

En fin, que como digo en la entrada, la lectura de las páginas 87 y siguientes dejan bien claro que es razonable concluir que la infanta pasaba sus gastos personales a la empresa, ayudando de esa forma a blanquear los ingresos de esa empresa y de todo el entramado societario.

Y si parece razonable concluir eso -al menos para mí, que no para la fiscalía, la abogacía del Estado, la Agencia Tributaria, el presidente del gobierno...-, parece también razonable y ajustado a Derecho imputarla para que, con todas las garantías de un proceso penal, se la juzgue y se la declare culpable o inocente.

Fíjate, por ejemplo, uno de los razonamientos contenidos en el recurso del fiscal, página 17, en relación con lo que vengo comentando. Dice que respecto de "la realización por Doña Cristina de Borbón de gastos personales con cargo a la mercantil AIZOON SL, incluidos los derivados de la contratación del servicio doméstico. Deducir que la realización de dichos gastos, como mantiene el Instructor, implica conocimiento o sospecha de que su cónyuge estaba cometiendo un fraude en el IRPF, es un salto inferencial entre dos premisas sin conexión, cuya asimetría impide trasladarse de forma lógica de un plano al otro sin caer al vacío."

Veamos, si tú entregas las facturas y tickets de "tus" abultados gastos personales -algo que no se puede hacer sin querer, sino de manera conciente-, para que te los pague "tu" empresa, resulta evidente que el resultado es que "tu" empresa verá reducidos sus beneficios en la misma medida en que sus gastos se vean incrementados con "tus" gastos, pagando por tanto menos impuestos, es decir, defraudando. Resulta creíble sin demasiado esfuerzo que una persona, licenciada en CC Políticas -carrera en la que se cursan asignaturas de Economía y Derecho, entre otras-, y con una exquisita educación, debería ser conocedora del uso que de sus facturas personales iba a hacer el contable de "su" empresa.

Sin embargo, el fiscal -que no niega en su recurso la existencia de esos gastos ni la deducción de los mismos por parte de la empresa de la infanta-, afirma que no es posible encontrar conexión alguna entre el hecho de que la infanta coleccione los ticket de aparcamiento de su actividad personal -ticket que cualquiera de nosotros tiramos a la primera papelera que vemos al salir del parking-, los conserve y los entregue a su empresa para que le sean reembolsados, y el conocimiento o sospecha de que eso implicaba un fraude. Entonces, ¿para qué suponía la infanta que entregaba esas facturas particulares y se las pagaban? Quizás debiera el fiscal intentar responder a esa pregunta sin ponerse rojo de vergüenza.

¡Coño, al final me ha salido un comentario más largo que la entrada!

Saludos ingenuos

Dyhego dijo...

Muchas gracias.