"Las grandes empresas están en una tributación efectiva de entre el 7 y 8% [...] cuando llegamos al Gobierno en el año 2012, el tipo efectivo de los grandes grupos era del 3%, lo que quiere decir que grandes grupos de España pagaba cero" (Montoro dixit)
Que esto lo diga alguien sin conocimientos tributarios o contables en la barra de un bar tiene un pase -al fin y al cabo, cada español lleva dentro un seleccionador, un economista, un abogado...-, pero que lo diga todo un Catedrático de Hacienda Pública y Ministro de la cosa en sede parlamentaria, ilustra con absoluta claridad el despropósito en el que se ha convertido la política en este bendito país.
De esto ya hablamos por aquí hace algún tiempo, aunque en aquella ocasión la barbaridad la soltó un periodista. Ahora, visto que ninguno de los españolitos que firmó una cláusula suelo entendió lo que firmaba, tampoco resulta extraño que un Ministro de Hacienda y experto en la materia no entienda un informe que redacta su propio Ministerio.
No voy a explicar aquí de nuevo la aberración que supone hablar de tipo efectivo de tributación en referencia al resultado contable de una empresa, más aberración cuanto más sea el peso de la actividad internacional de la misma -para no repetirme, quien tenga interés en la explicación, puede echar un vistazo a esta entrada-, tan sólo subrayaré que las ratios que cita el señor Montoro, y a las que denomina inexplicablemente tipo efectivo del impuesto, se refieren al Impuesto de Sociedades devengado por las empresas en relación al resultado contable y no a la base imponible, tal y como pueden comprobar en el cuadro 3.6 de la página 45 del "Informe Anual de Recaudación Tributaria 2015" elaborado por la propia Agencia Tributaria.
A eso cabría añadir que, cuando compara la tributación de sociedades con la de las rentas del trabajo, olvida que los beneficios empresariales son gravados dos veces, una en el Impuesto de Sociedades, y otra cuando se distribuyen beneficios en forma de dividendos, lo que hace que alcancen un tipo aproximado del 40%.
Si el señor Montoro no distingue conceptos tributarios y fiscales tan básicos, deberían expulsarle de la cátedra de la que es titular. Y si los distingue, debiera dimitir por mentiroso y manipulador. Como no va a ocurrir ni lo uno ni lo otro, me conformaré con tildarle de sinvergüenza.
Que esto lo diga alguien sin conocimientos tributarios o contables en la barra de un bar tiene un pase -al fin y al cabo, cada español lleva dentro un seleccionador, un economista, un abogado...-, pero que lo diga todo un Catedrático de Hacienda Pública y Ministro de la cosa en sede parlamentaria, ilustra con absoluta claridad el despropósito en el que se ha convertido la política en este bendito país.
De esto ya hablamos por aquí hace algún tiempo, aunque en aquella ocasión la barbaridad la soltó un periodista. Ahora, visto que ninguno de los españolitos que firmó una cláusula suelo entendió lo que firmaba, tampoco resulta extraño que un Ministro de Hacienda y experto en la materia no entienda un informe que redacta su propio Ministerio.
No voy a explicar aquí de nuevo la aberración que supone hablar de tipo efectivo de tributación en referencia al resultado contable de una empresa, más aberración cuanto más sea el peso de la actividad internacional de la misma -para no repetirme, quien tenga interés en la explicación, puede echar un vistazo a esta entrada-, tan sólo subrayaré que las ratios que cita el señor Montoro, y a las que denomina inexplicablemente tipo efectivo del impuesto, se refieren al Impuesto de Sociedades devengado por las empresas en relación al resultado contable y no a la base imponible, tal y como pueden comprobar en el cuadro 3.6 de la página 45 del "Informe Anual de Recaudación Tributaria 2015" elaborado por la propia Agencia Tributaria.
A eso cabría añadir que, cuando compara la tributación de sociedades con la de las rentas del trabajo, olvida que los beneficios empresariales son gravados dos veces, una en el Impuesto de Sociedades, y otra cuando se distribuyen beneficios en forma de dividendos, lo que hace que alcancen un tipo aproximado del 40%.
Si el señor Montoro no distingue conceptos tributarios y fiscales tan básicos, deberían expulsarle de la cátedra de la que es titular. Y si los distingue, debiera dimitir por mentiroso y manipulador. Como no va a ocurrir ni lo uno ni lo otro, me conformaré con tildarle de sinvergüenza.
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