sábado, 3 de diciembre de 2016

Dos caras de una misma moneda...

Cuando hablamos de los efectos que sobre el empleo o los salarios tiene la existencia de un salario mínimo por ley hay que ser prudente. Hay evidencias empíricas para casi todos los gustos. Unos estudios han comprobado que se produce un aumento del paro en determinados sectores de la población. Otros, que se produce un aumento del salario medio. Otros no han detectado efecto apreciable alguno en ninguna de las dos variables...

¿Significa eso que tales estudios son erróneos o están faltos de rigor? No necesariamente. Lo más probable es que se hayan realizado en escenarios económicos y laborales dispares. Porque el efecto de una salario mínimo impuesto por ley no será el mismo cuando su cuantía esté por debajo del salario que cobra el 99% de los trabajadores que cuando se sitúe en el salario medio. O cuando se trate de una economía con abundancia de trabajadores cualificados frente a otra donde abunden los trabajadores poco cualificados. O cuando exista un mercado laboral rígido frente a otro más flexible.

Así, situar el SMI por encima del valor que produce con su trabajo un determinado trabajador puede tener varios posibles efectos. O bien ese trabajador no es contratado. O bien el empresario tenderá a sustituir mano de obra por capital, por ejemplo mecanizando las tareas si ello es posible. O bien esa actividad terminará realizándose en la economía sumergida. O, simplemente, si el consumidor no está dispuesto a pagar ese servicio o producto al coste que supone su producción, dejará de crearse esa empresa o desaparecerá si ya está creada. Como se ve, en tal supuesto, o se destruyen puestos de trabajo, o no se crean, o se hacen invisibles. En cualquier caso, nada bueno ocurre.

Si, por el contrario, situamos el SMI en niveles por debajo del valor que produce el factor trabajo, el efecto será inocuo o, incluso, podría tener algún efecto positivo, como el aumento de los salarios a costa de margen empresarial. Tal efecto se produciría en el caso de que el empresario estuviera dispuesto a pagar, por ejemplo, 1.000 euros al mes, y el trabajador estuviera dispuesto a trabajar por 700 euros al mes. En tal supuesto, sin la existencia de un salario minimo obligatorio, lo más probable es que el salario se situara más cerca de los 700 euros que de los 1.000 euros. Pero un salario mínimo situado entre esas dos cantidades haría subir el salario a costa del margen empresarial, pues el empresario seguirá obteniendo la rentabilidad mínima necesaria del factor trabajo mientras el salario se mantenga por debajo de los 1.000 euros mensuales.

Obviamente, entre esas dos situaciones existen multitud de escenarios intermedios que producirán, también, efectos muy variados. Y también existen otras formas de implementar un salario mínimo que intente, en la medida de lo posible, paliar los efectos negativos que puede producir, estableciendo, por ejemplo, distintos SMI en función de la edad, el sector productivo, etc.

En cualquier caso, lo que no debe olvidarse es que el SMI no es sólo una prohibición jurídica al empresario de remunerar el trabajo por debajo de un determinado salario, sino que también impide al trabajador prestar sus servicios por debajo de dicho salario, aunque estuviera dispuesto a hacerlo. Dos caras de una misma moneda. 



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