De los tres procesos judiciales a los que ha sido sometido el señor Garzón, en uno ha sido condenado por un delito de prevaricación, en otro se acordó el archivo de la causa por haber prescrito un presunto delito de cohecho, y en el último ha sido absuelto del delito de prevaricación por no concurrir el tipo subjetivo de tal delito, el dolo.
Respecto de tales resoluciones, sobre todo de la primera por ser condenatoria, lo más suave que se ha dicho del Tribunal Supremo es que ha prevaricado, negándole a esos magistrados el trato que exigen, bastante ruidosamente por cierto, para su patrocinado, a saber, que puede que se haya equivocado en la interpretación de la ley, pero que de ahí a prevaricar media un abismo. Ya ven, cosas del cristal monocromático con el que se observan estas cuestiones. En todo caso, la lectura de las dos sentencias y del auto es demoledora para la cualificación profesional del señor Garzón.
No sé qué es peor, si que te condenen por haberte saltado la ley a sabiendas -lo que presupone un buen conocimiento de ésta-, o que te absuelvan por inepto. O que no lleguen a juzgarte por prescripción.
Respecto de tales resoluciones, sobre todo de la primera por ser condenatoria, lo más suave que se ha dicho del Tribunal Supremo es que ha prevaricado, negándole a esos magistrados el trato que exigen, bastante ruidosamente por cierto, para su patrocinado, a saber, que puede que se haya equivocado en la interpretación de la ley, pero que de ahí a prevaricar media un abismo. Ya ven, cosas del cristal monocromático con el que se observan estas cuestiones. En todo caso, la lectura de las dos sentencias y del auto es demoledora para la cualificación profesional del señor Garzón.
No sé qué es peor, si que te condenen por haberte saltado la ley a sabiendas -lo que presupone un buen conocimiento de ésta-, o que te absuelvan por inepto. O que no lleguen a juzgarte por prescripción.